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La detención domiciliaria a Álvaro Uribe implica también su suspensión como senador. El expresidente con sus abogados titulares, Jaime Granados y Jaime Lombana, se concentrará en defenderse ante la Sala de Instrucción de la Corte Suprema | Esto es lo que sigue para Álvaro Uribe Vélez y su proceso | Colombia hoy | Foto: Juan carlos sierra

JUSTICIA

¿Qué sigue en el proceso de Álvaro Uribe?

Las etapas del proceso judicial que faltan para que concluya el caso contra el expresidente no son breves ni fáciles. La batalla entre juristas apenas está empezando.

7 de agosto de 2020

La orden de detención domiciliaria contra el expresidente Álvaro Uribe está lejos de ser el veredicto final del caso. En realidad se trata de una medida provisional en una etapa intermedia del proceso. El expediente se inició en febrero de 2018 cuando la Sala Penal de la Corte Suprema compulsó copias para investigar al expresidente. Esa fue la famosa decisión búmeran, pues llegó como resultado de la denuncia que Uribe había formulado contra Iván Cepeda por presunta manipulación de testigos. Tal radicado invirtió los roles: Cepeda fue absuelto y pasó a ser víctima, mientras que Uribe pasó de denunciante a investigado.

En el entretanto, la Corte Suprema tuvo una evolución importante. El Acto Legislativo 01 de 2018 creó la Sala de Instrucción y la Sala de Juzgamiento para garantizar que los aforados tengan doble instancia. Desde entonces, ambas salas configuran la primera instancia y le corresponde a la Sala Penal resolver las apelaciones a veredictos en segunda instancia.

Esta nueva arquitectura es importante porque atiende el reclamo reiterado de los congresistas y demás aforados acerca de tener dos instancias de juzgamiento. En concreto frente al caso de Álvaro Uribe es clave también el fuerte choque que este tuvo cuando era mandatario entre 2002 y 2008 con la Sala Penal de Corte Suprema de Justicia. Como se recuerda, el DAS, el ente de inteligencia dependiente de la Presidencia, infiltró esta corporación. Desde entonces el uribismo y esa magistratura guardan profundos rencores. Pero los togados que tuvieron la bronca con el Gobierno de Uribe ya terminaron su magistratura. Además, la Sala Penal decidió la compulsa de copias de 2018, mientras que la Sala de Instrucción, dos años después y con magistrado, profirió la medida de aseguramiento. Ambas están bajo la gran sombrilla de la Corte Suprema, pero son órganos distintos y sus miembros, autónomos unos de otros.

Cuando el caso Uribe aterrizó en la Sala de Instrucción, integrada por cinco magistrados, por sorteo le correspondió a Cristina Lombana. Pero ella fue recusada y terminó apartada por su doble condición de militar y magistrada. Entonces el expediente, por orden alfabético, pasó al despacho de César Reyes. Él ha sido el magistrado instructor: practicó pruebas y escuchó en indagatoria a Uribe y a una veintena de testigos e implicados, incluyendo al abogado Diego Cadena. Reyes también formuló el proyecto de resolución de situación jurídica que esta semana impuso casa por cárcel a Uribe. La decisión contó con el respaldo unánime de los otros cinco magistrados que integran la sala.

La orden de detención contra Uribe debe empezar a cumplirse de inmediato. Esta medida admite que la defensa del expresidente presente recurso de reposición, pero ello no congela los efectos. A partir de la detención empiezan a correr 120 días, el plazo máximo para que la Sala de Instrucción califique el sumario. En ese punto hay dos vías: precluir o llamar a juicio a Uribe. Con lo que ha ocurrido en el caso, lo primero desde ya se da por descartado.

Pero si al cabo de los 120 días no hay cierre de la etapa de instrucción, la medida de casa por cárcel se cae y el expresidente automáticamente recupera la libertad. El punto es clave al considerar que la providencia de esta semana tiene 1.554 páginas. De seguro la defensa de Uribe va a presentar una reposición igual o más voluminosa y la Sala de Instrucción deberá dar respuesta a cada uno de los argumentos que allí planteen. Después, justo antes de calificar el sumario, los magistrados deberán dar traslado a las partes para los alegatos finales. Tras sopesar, estos podrán empezar a redactar la resolución de acusación o calificación del sumario. Todo eso debe pasar en máximo cuatro meses.

En cualquier escenario, la detención domiciliaria no puede prolongarse por más de un año. Se espera que en ese periodo el juicio de fondo concluya. Esta etapa final empieza con el llamado a juicio. Entonces el expediente pasa de la Sala de Instrucción a la de Juzgamiento para que otros tres magistrados, diferentes a los anteriores, oigan los alegatos de las partes frente a la acusación formulada, analicen las evidencias e impartan un veredicto. Después podría haber una segunda instancia ante la Sala Penal si alguna de las partes recurre el fallo proferido por la Sala de Juzgamiento. Aún falta mucho para que esta historia tenga un punto final.