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Niegan estudio de tutela para que Uribe no bloquee a un seguidor en Twitter

El caso fue propuesto por la presidenta de la Corte Constitucional Gloria Ortíz, pero la petición dos veces fue negada por magistrados del alto tribunal.

3 de septiembre de 2019

Una acción judicial que pretendía que el senador y expresidente Álvaro Uribe desbloqueara a uno de sus seguidores en Twitter fue negada luego de que la Corte Constitucional decidiera no escoger el caso para su estudio, pese a la solicitud de la presidenta del alto tribunal.

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Un ejemplo de cómo ha operado esta misma situacion en otro país ocurrió en mayo de 2018 en torno al presidente de Estados Unidos, Donald Trump. Una jueza federal de Nueva York dictaminó que el mandatario violó la ley al bloquear usuarios en Twitter, en una demanda presentada por el Knight Institute, en representación de varias personas que sufrieron de esa situación. Una corte de apelaciones de ese país confirmó el fallo el pasado 9 de julio.

“La primera enmienda no permite que un funcionario público que utiliza una cuenta de redes sociales para todo tipo de propósitos oficiales excluya a personas de un diálogo en línea, que de otra manera estaría abierto, porque expresaron opiniones con las que el funcionario no está de acuerdo”, dijo el tribunal, citado por CNN.

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Con varias similitudes, en Colombia se intentó un caso similar. Según informó El Espectador, en septiembre de 2018 un ciudadano identificado como Hernán Rodríguez interpuso una acción de tutela en contra el senador Uribe para que desbloqueara su perfil de Twitter.

Lo hizo bajo el argumento de que debía protegerse su derecho a “ejercer control ciudadano sobre actividades públicas” y que seguía la cuenta del jefe del Centro Democrático para estar al tanto de “aspectos de la vida pública que consolidan su posición de ciudadano”. Entre esos aspectos están los proyectos de ley promovidos o atacados por el senador, así como sus posiciones ante el acuerdo de paz firmado con las Farc.

Narró el accionante en su escrito que solía responderle a Uribe hasta que se dio cuenta de que este lo había bloqueado. Como primera medida, Rodríguez le envió un derecho de petición en el que le solicitaba el desbloqueo, bajo el argumento de que como funcionario público debía estar sujeto al control ciudadano.

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Como no obtuvo respuesta, acudió a la tutela, que le fue negada en primera y segunda instancia, con los argumentos de que Uribe tenía la potestad de bloquear a sus seguidores, de que sí le había contestado el derecho de petición en el que el expresidente dice proteger sus propios derechos fundamentales y que el ciudadano contaba con otros canales para ejercer su derecho al control político.

Al conocer el caso, la presidenta de la Corte Constitucional, la magistrada Gloria Stella Ortiz pidió que el caso fuera escogido para ser estudiado por la Corte Constitucional y señaló que “las nuevas tecnologías han permitido la consolidación de redes sociales que resultan ser fundamentales para el control político y para el debate acerca de los asuntos públicos más relevantes para la ciudadanía”.

Al recordar lo sucedido con el caso de Trump en Estados Unidos, Ortiz señaló que gracias a las redes sociales, como Twitter, “los líderes han podido brindar insumos a sus seguidores para hablar y tuitear a una audiencia cada vez más amplia”.

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Sin embargo, Rodríguez perdió también esa batalla. Primero, el 28 de junio pasado, la sala compuesta por los magistrados Luis Guillermo Guerrero y Alberto Rojas negaron la petición de Ortiz. En las últimas horas la sala de los magistrados Carlos Bernal y José Fernado Reyes no hicieron caso del recurso de insistencia de la presidenta de la Corte y tampoco accedieron a revisar la tutela.

El tema no es extraño para la magistrada Ortiz. En lo corrido del año, en varias universidades y foros, como presidenta del tribunal constitucional, ha venido propugnando el debate sobre los derechos y deberes inherentes a los usuarios de redes sociales. El asunto tendrá un capítulo especial en pocas semanas, durante el Encuentro de jurisdicción constitucional, en el que habrá una amplia discusión sobre el papel de las nuevas tecnologías a la luz de los preceptos de la Carta Magna.

Entretanto, habrá que esperar si un nuevo caso llega hasta la Corte Constitucional para que pueda pronunciarse de fondo sobre una cuestión que reúne elementos de interés: las nuevas tecnologías, el uso de redes sociales y la función pública, algo en lo que Colombia sigue sin tomar determinaciones de gran calado.