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| Foto: Archivo particular

ADOPCIÓN

El sueño frustrado de un policía para adoptar a bebé abandonada

La Corte Constitucional revocó un fallo que le había concedido a un oficial y a su esposa el derecho a adoptar a una menor que fue encontrada en una maleta en Soacha.

1 de mayo de 2016

La historia es del todo conmovedora. El 20 de enero del 2015 uniformados de la Policía encontraron una maleta donde yacía el cuerpo débil y friolento de una pequeña criatura de cerca de cuatro días de nacida.

La bebé fue llevada de inmediato a la Clínica Cardiovascular del Niño de ese municipio. El oficial que participó en esa acción y su esposa se convirtieron en los protectores de la menor.

Día a día se ocuparon de su evolución y trataron de encargarse de todo aquello que necesitara para alcanzar una salud estable y poder ser dada de alta lo más pronto posible. Rápidamente empezaron a verla como a una hija.

Una vez los galenos dieron su visto bueno para que la recién nacida abandonara la clínica, la pequeña fue puesta al cuidado del ICBF para que iniciara las gestiones respectivas al restablecimiento de sus derechos, que es lo que legalmente corresponde en estos casos.

La pareja, muy encariñada con la bebé, trató de obtener el auxilio de la Subdirección de Adopciones para asegurarse de obtener la patria potestad sobre la menor y que esta se convirtiese en la nueva integrante de su familia.

Al ver que esa entidad no estaba dispuesta a actuar como lo pretendían los esposos sino a través de una solicitud formal de adopción, acudieron a la acción de tutela. Fue así como un juez de Bogotá, en fallo confirmado posteriormente por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, amparó sus derechos.

Mientras el ICBF atendía la orden de esos dos despachos judiciales de dar prioridad al trámite iniciado por la pareja para adoptar a la bebé, la acción fue escogida para revisión por la Corte Constitucional.

Esa corporación, con ponencia de la magistrada Gloria Stella Ortiz, hizo que la pareja tuviera que poner los pies sobre la tierra. La entidad estableció que los esposos no tenían derecho alguno sobre la pequeña, con la que solo tuvieron contactos esporádicos durante los seis días que permaneció hospitalizada.

Según el fallo, el Código de Infancia no permite que el proceso de adopción se adelante en relación con un menor seleccionado previamente porque eso atenta contra el derecho a la igualdad de los demás niños que esperan, como cualquier otro, encontrar una familia.

Además, subrayó que la adopción ha sido concebida como un instrumento que pretende que los menores sin padres tengan una segunda oportunidad para pertenecer a una familia y no para satisfacer las necesidades de las parejas que no tienen niños.

Adicionalmente, aclaró que en algunos casos se ha permitido que pequeños que habitan en el seno de una familia sin que se haya legalizado su adopción sean entregados en custodia y en su patria potestad a quienes han velado por ellos cuando es evidente el vínculo afectivo.

Como en este caso la relación entre la pareja y la pequeña recién nacida se había reducido a las visitas durante sus seis días de hospitalización, la corte cree que no es posible aplicar la excepción.

Por eso, la corporación revocó los fallos de tutela proferidos por el juzgado y el tribunal, lo que implica que este policía y su esposa, si desean adoptar, no podrán esperar que el ICBF les conceda derechos precisamente sobre la pequeña encontrada en una maleta en Soacha hace un año.