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| Foto: Archivo particular

JUSTICIA

"Sin autonomía presupuestal no hay independencia de la justicia": Judicatura

El Consejo Superior de la Judicatura presentó un proyecto de ley que propone serias modificaciones a la Ley Estatutaria de Administración de Justicia. La autonomía presupuestal es su principal bandera. Habla la magistrada presidenta.

31 de julio de 2020

SEMANA: En un tiempo en el que el procurador y el Gobierno presentan proyectos de ley encaminados a reformar la justicia, ¿es conveniente que haga lo mismo el Consejo Superior de la Judicatura? ¿No le quitaría posibilidades de éxito?

Diana Remolina, presidenta de la Sala Administrativa de la Judicatura: El propósito de la propuesta del Consejo Superior de la Judicatura es introducir en la Ley Estatutaria de Administración de Justicia los ajustes que consideramos necesarios en este momento para contar con mejores herramientas para administrar la Rama Judicial en procura de una mejor prestación del servicio de justicia. Y, por ahora, de las iniciativas que se mencionan esta es la única que ha sido formalmente presentada.

SEMANA: ¿Cuál es el valor agregado de este proyecto de ley?

D.R: El proyecto de ley introduce modificaciones prácticas, concretas y necesarias para tener mejores herramientas de administración de la Rama Judicial, lo que a la postre se traducirá en mayores posibilidades de mejora del servicio de administración justicia.

SEMANA: En cuanto a inhabilidades, el proyecto de ley pretende extenderlas ¿qué modificaciones precisas se hacen?

D.R: El proyecto no plantea modificaciones sustanciales en el régimen de inhabilidades, pero sí incorpora en particular para los servidores judiciales, la regla que la reforma de equilibrio de poderes de 2015 estableció en general para los servidores públicos con el fin de contener la práctica denominada “yo te elijo tú me eliges‘‘; queda entonces explicitado que los funcionarios judiciales no pueden nombrar, postular, ni contratar a personas con las que tengan algunos grados de parentesco ni con quienes hubieren intervenido en su postulacio´n o designacio´n.


SEMANA: En términos de virtualización de la Justicia e implementación de nuevas tecnologías, ¿qué ofrece este proyecto de ley?

D.R: Desde el punto de vista normativo ya se cuenta con las reglas necesarias para la implementación de la tecnología que apoye la gestión judicial. La propuesta de autonomía presupuestal de la Rama Judicial que se plantea en el proyecto debe proporcionar, desde lo financiero, el respaldo para lograr hacer una adecuada planeación de largo plazo en relación con proyectos de este estilo, que se sustentan en la garantía de tener los recursos asegurados para la implementación y operación de iniciativas que, como las tecnológicas, son de largo aliento.

SEMANA: ¿Se tocará el tema de la descongestión judicial?

D.R: En materia de medidas para la descongestión judicial, la propuesta de autonomía presupuestal es clave dado que un incremento constante en términos reales del presupuesto asignado a la Rama Judicial permitiría planear a mediano y largo plazo la creación de los despachos judiciales necesarios para atender la demanda de justicia en todo el territorio nacional. Además de esa solución estructural a largo plazo, el proyecto plantea facultades en cabeza del Consejo Superior de la Judicatura para establecer medidas especiales de descongestión, para lo cual podrá trasladar transitoriamente despachos judiciales a otras sedes territoriales; redistribuir o asignar asuntos a despachos o dependencias judiciales de otros distritos, circuitos o municipios, con el fin de equilibrar las cargas de trabajo; o, establecer despachos judiciales itinerantes, con cara´cter permanente o transitorio, para la atencio´n de la demanda de justicia en uno o varios municipios.

SEMANA: En ese orden de ideas, ¿cómo se plantea lograr la tan anhelada autonomía presupuestal?

D.R: Este seguramente sea el tema más importante del debate; tiene que ver con lograr real autonomía presupuestal, sin la cual la independencia de la justicia se queda en un plano puramente formal; por ello se propone que el presupuesto de la Rama Judicial, de funcionamiento e inversión, tenga un crecimiento fijo y que se asigne de manera global para que ésta lo desagregue autónomamente. Esto evitará negociaciones anuales para la asignación de partidas y recortes constantes que afectan la planeación de largo plazo y sentará las bases para que la Rama Judicial pueda modernizar los servicios que presta.

SEMANA: Por último, en relación con los ascensos para los funcionarios de la Rama ¿qué cambios se realizarán?

D.R: Entre otros temas de carrera judicial, se prevé que el 30 por ciento de las vacantes se provean de manera cerrada. Es decir que en esos casos sólo se puedan inscribir quienes ya se encuentren vinculados a la Rama Judicial, con el propósito de estimular los ascensos por la idoneidad de los servidores judiciales.