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La ética torcida de Abelardo

Cuando De la Espriella asegura que el derecho nada tiene que ver con la ética, está metiendo en una pira dos mil años de estudios sobre el tema.

Joaquín Robles Zabala, Joaquín Robles Zabala
16 de marzo de 2015

Para Kant, la ética tiene como soporte la buena voluntad. Es un imperativo categórico. Por lo tanto, si no existe la buena voluntad es imposible poner en práctica la ética. Nos recuerda que para que una acción sea lícita, debe estar en el rango de la aplicabilidad general sin que resulte contradictoria para ninguna persona. El derecho es una construcción social cargada de buena voluntad que cobija a todas los ciudadanos sin importar sus intereses, su posición política o social. Su principio es la universalidad. De manera que cuando Abelardo de la Espriella --el abogado que defiende al togado acusado de recibir coima para fallar una tutela a favor de una empresa-- dice que la normatividad jurídica no tiene nada que ver con la ética, lo que está haciendo en realidad es tirar a la basura la Constitución Política y cada uno de los códigos que rigen la justicia colombiana.

Si el derecho no tiene nada que ver con la ética, como lo afirmó el abogado, entonces este no es una construcción universal y su aplicabilidad resultaría incómoda para los ciudadanos. Su formulación, según Kant, es un fin en sí mismo y no un medio para un fin. Este crea los lineamientos entre los actos de los individuos, formula los deberes de los miembros de la sociedad  y las obligaciones de los Estados para con esta. Lo anterior permite que las personas no sean cosificadas y su voluntad violentada. De ahí la importancia de la autonomía, que inserta la razón y lleva a los ciudadanos a actuar bajo los principios de sus propias acciones pero sin dejar atrás las políticas rectores de las normas y la ética.

Las leyes, como una construcción social, ponen de relieve los deberes, por lo que el acatamientos de estos se constituye en una acción positiva. Y lo positivo es siempre el cumplimiento de la norma y, por lo tanto, una manifestación de la buena voluntad, equivalente al respeto. En el rango de los deberes, el filósofo alemán los tipifica entre “perfectos” e “imperfectos”. No robar, no mentir, no hacer tramoyas como aquellas de las que se le acusan al magistrado Jorge Pretelt, son expresiones del cumplimiento de las reglas que, en la teoría kantiana, se traduce como lo bueno, y lo bueno es siempre lo verdadero. El deber es en sí mismo un imperativo incondicional. Ayudar al vecino que se le derrumbó la casa por la lluvia no es una obligación, pero sí un acto de solidaridad que está en el rango de los deberes imperfectos.

Schopenhauer, por su lado, dijo que la ética debería señalar las pautas del comportamiento social del hombre. Y Michael Stocker afirmó que todo acto humano en la sociedad debería estar motivado por el deber. Cuando Abelardo de la Espriella asegura que el derecho nada tiene que ver con la ética, no solo le quita su carácter de universalidad, de aplicabilidad universal, sino que echa por la alcantarilla más de dos mil años de estudios sobre el tema y hace una hoguera con la ética kantiana. Olvida que la razón es uno de los ejes fundamentales de la ética, y que las acciones correctas no solo dependen de las normas morales sino también de su carácter de obligatoriedad.

No hay que olvidar que los deberes son incondicionales. Un juez tiene el deber de fallar a favor o en contra de un caso basado únicamente en las pruebas que se le presentan. Cobrar comisiones por inclinar o favorecer a una de las partes tiene que ver tanto con la ética como con el derecho. No es un chiste, para nada, que la justicia tenga como representación una balanza. El equilibrio es la ética de la justicia, es la razón que le da su sostenibilidad. Cuando un juez pide coima para fallar una tutela, no solo está haciendo añicos el estadio de la justicia, no solo no está actuando bajo la condición de la “buena voluntad”, que es el soporte de la ética, sino que también está cometiendo un delito, condenable desde el punto de vista de la normatividad jurídica y, por lo tanto, de la razón misma.

Por eso creo que Abelardo de la Espriella no solo la embarró cuando hizo semejante afirmación, no solo mandó al carajo la normatividad de la justicia soportada por la ética, sino que envió un mensaje equivocado a sus colegas y justificó, “sin querer queriendo”, la actuación de aquellos que, estando dentro la ley, la quebrantan para beneficio propio. Si este señor es de los que no ayuda a nadie si no obtiene un beneficio, está quebrantando todos los principios éticos formulados desde Platón hasta nuestros días y justificando sus afirmaciones. Le recuerdo que una acción ética es una acción correcta, sin importar si me reporta beneficios personales o no.

En Twitter: @joarza
E-mail: robleszzabala@gmail.com
*Docente universitario.

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