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COLUMNISTA INVITADO

¿Qué se requiere para lograr una paz legítima y sostenible?

Terminar el flagelo del conflicto y comenzar recuperarse de sus lastres es lo que el proceso de paz ofrece.

Semana.Com
2 de septiembre de 2014

Colombia se ha embarcado en un proceso de importancia capital que genera interés supremo en la comunidad internacional. El proceso abre la posibilidad de finalizar un conflicto, el más antiguo de América Latina, que ha generado una de las poblaciones de víctimas más grandes del planeta; que ha segado vidas de niños y niñas, arruinado futuros prometedores, e interrumpido vejeces que merecían transcurrir apaciblemente. El conflicto colombiano, como todos los demás, ha consumido recursos que hubieran podido invertirse en desarrollo; mejor educación, salud, infraestructura, justicia; más equidad, mejores oportunidades. 

El conflicto ha alimentado y se ha alimentado de fenómenos de macro-criminalidad de proporciones globales que trágicamente han resultado atractivos para una cantidad inmensa de jóvenes colombianos y que han afectado el funcionamiento de todas las instituciones del país, sin excepción alguna. Y como suele suceder, en Colombia el conflicto distribuye sus costos de forma inequitativa .Por lo tanto, habrá quienes no sólo se hayan acostumbrado a él, sino que de hecho, han prosperado no solo en medio sino en virtud del conflicto.  

A pesar del progreso que algunos hayan logrado en medio del conflicto, hay metas que es imposible conseguir mientras este continúe. Convivir con la violencia y con todas las consecuencias que ella genera impone costos ineludibles. Nadie puede decir que vive en una sociedad de derecho, con equidad, instituciones que respondan a las demandas ciudadanas, oportunidades para todos, normas democráticas vigentes y efectivas, y respeto generalizado por los derechos de todos mientras un conflicto de esta naturaleza continúa. 

Vivir en un país que no logra resolver sus conflictos sociales básicos, en donde se violan los derechos fundamentales de tantos ciudadanos, obviamente genera preguntas acerca de la capacidad de sus dirigentes –ya sean de izquierdas, de derechas, o de centro— y de los ciudadanos de forjar decididamente los destinos del país. Hay bienes colectivos como la paz, y los beneficios que ella trae, que nadie puede disfrutar plenamente si no están bien distribuidos. 
  
Terminar el flagelo del conflicto y comenzar recuperarse de sus lastres es lo que el proceso de paz ofrece. Pero, ¿qué se requiere para lograr una paz legítima y a la larga sostenible? 

Mi responsabilidad como relator especial tiene que ver con la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición. Las víctimas y la sociedad en su conjunto tienen derecho a la justicia como también a la verdad, a la reparación, y a las garantías de no repetición. Así como es importante recalcar que cada uno de los componentes de la justicia transicional tiene un fundamento legal propio, tanto la doctrina reciente como la práctica, demuestran la importancia de diseñar e implementar políticas integrales y coherentes que traten la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición como elementos constitutivos de una política de Estado, y no como opciones entre las cuales se puede escoger, como si fueran partes de un menú, que el consumidor deja o toma a su agrado.
   
El derecho internacional obviamente abre campo suficiente para que cada país encuentre formas que se adecúen a sus circunstancias particulares para dar realidad a esos derechos. Lo que no hace es eximir la responsabilidad de actuar sobre la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición. La justicia transicional no es una clase peculiar de justicia, mucho menos una forma ‘suave’ de justicia, sino una estrategia para la realización, en circunstancias de transición, de los derechos que la componen. De la misma manera, la reconciliación, concepto que surge con frecuencia en discusiones acerca de la justicia transicional, no es una condición que pueda lograrse mediante ‘atajos’ y menos aún mediante la transferencia a las víctimas de un costo más del conflicto. 

Algunos de estos puntos quedaron expresados en los principios para la discusión del tema de víctimas adoptados recientemente por ambas partes de la negociación en La Habana. Celebro ese logro, e insto a las partes a observar esos principios a cabalidad. De hecho, comprometerse a llevar a cabo negociaciones de acuerdo con esos principios, por ejemplo, el de no intercambiar impunidades, o el de darle reconocimiento a las víctimas como derechohabientes, en consistencia, tiene consecuencias para el comportamiento de las partes fuera de la Mesa también. No sólo la consecución de un acuerdo, sino su legitimidad también, dependen del cumplimiento escrupuloso de tales principios.       

La justicia transicional tiene como fines dar reconocimiento a las víctimas tanto en su condición de víctimas como, principalmente, en su condición de titulares de derechos; fomentar la confianza cívica, especialmente la confianza en las instituciones; fortalecer el Estado de derecho, y hacer una contribución a la integración o la reconciliación social. 

Hay dos observaciones acerca de la implementación de las medidas de justicia transicional en contextos post-conflicto que me parecen pertinentes dada la situación en Colombia. La primera es que la justicia transicional, como mecanismo para restablecer derechos que son de todos, es ella misma de todos, y no puede excluir de su ámbito las violaciones de ninguna de las partes del conflicto. En el intento de lograr programas incluyentes, sin embargo, lo que no debe perderse de vista es que la categoría central para la justicia transicional no es la identidad del perpetrador (ni de la víctima) sino la noción misma de derechos; a pesar de que hay diferencias relevantes entre los actores armados y su grado de responsabilidad, lo que une a todas las víctimas independientemente de quién pueda ser el responsable del daño que han sufrido, es precisamente, que sus derechos fueron violados. La discusión puede comenzar, pero no debe terminar con la diferenciación artificial entre diferentes ‘tipos’ de víctimas. El punto de implementar las medidas es, precisamente, afianzar los derechos iguales de todos. 

El segundo punto que vale la pena recordar es que las medidas de justicia transicional no agotan la agenda de justicia y de transformación en países post conflicto. El reto consiste entonces, en lograr articular una política de justicia transicional con otras políticas con las cuales normalmente convive, pero con las que raramente se relaciona de forma deliberada, tales como las políticas de desarrollo y de seguridad. 

El proceso de transformación institucional, político, y económico que es necesario para darle vigencia plena a los derechos en contextos en los que ha habido déficits sistémicos severos es de largo plazo y comprende tanto a todas las instituciones del Estado como a todos los estamentos de la sociedad. A pesar de esto, otros países lo han logrado. No hay razón para pensar que Colombia no lo logrará. 

*Relator Especial de las Naciones Unidas para la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición.