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José Fernando Flórez.

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Personería Distrital, policía y derechos humanos

Necesitamos una mejor policía, no menos policía.

José Fernando Flórez
4 de noviembre de 2020

La seguridad es el servicio estatal más importante porque es condición necesaria para garantizar los demás servicios, así como la vida es el primer derecho humano que hay que garantizar porque es presupuesto del ejercicio de los demás derechos.

Por eso necesitamos a la policía (titular del ejercicio legítimo de la coerción física) como tecnología social que nos permite garantizar el ejercicio pacífico de los demás derechos. En los Estados modernos no es una opción prescindir de la policía: lo urgente es fortalecerla y canalizar el debido ejercicio de su fuerza legítima con protocolos estrictos y permanente capacitación. Necesitamos una mejor policía, no menos policía.

En Colombia hemos hecho una capacitación progresiva de la fuerza pública en habilidades cognitivas (derechos humanos, DIDH, DIH, principios constitucionales, valores democráticos, normas, etc.), pero no en habilidades psicosociales, que son las que sirven para regular las emociones y el uso de la fuerza en el terreno, donde los policías enfrentan situaciones de mucha presión y estrés psicológico.

Además de la definición jurídica de derecho humano, al oficial de policía y del Esmad hay que enseñarle a gestionar sus emociones, de modo que en situaciones de estrés extremos como la protesta social, sus acciones no lo lleven a involucrarse en el conflicto como una parte más, sino que se mantenga como un actor neutral llamado a proteger los derechos de todos.

Mientras que las habilidades cognitivas involucran la aplicación de la lógica, el razonamiento y la memoria, las habilidades psicosociales se suelen clasificar en dos categorías: por un lado, están las que implican autorregulación, como la autosuficiencia, la capacidad de posponer la gratificación, la perseverancia, la regulación de las emociones y el control comportamental. Por otro, están las que implican habilidades sociales, como por ejemplo la empatía, la capacidad de trabajar con otros productivamente, de comunicarse efectivamente, de construir amistades y de resolver problemas de grupo.

Es el desarrollo de estas habilidades entre los oficiales de policía lo que puede ayudarles a responder adecuadamente a las duras circunstancias a las que se enfrentan en el terreno, es decir, sin abusar de la fuerza, o incluso sin llegar a usarla.

En ese sentido, la formación y entrenamiento de la fuerza pública debe ser permanente y enfocarse en preservar o cambiar comportamientos, vía desarrollo de habilidades psicosociales y emocionales, y no limitarse a enseñarles a sus miembros lo que las no pocas normas dicen que deben abstenerse de hacer. La terapia cognitivo-conductual es un conjunto de técnicas orientadas a desarrollar estas habilidades mediante la práctica de ejercicios mentales y de conducta que crean hábitos y mejoran la salud emocional y debería hacer parte esencial de la formación y reentrenamiento permanente de los oficiales de policía.

Fuera de lo anterior, en el plano sistémico-institucional la policía está encargada de facto de una serie de tareas que no debería tener a cargo. Por ejemplo, prestar seguridad para eventos masivos de toda índole o atender situaciones relacionadas con habitantes de la calle, personas con problemas de salud mental, personas bajos los efectos del alcohol o de sustancias psicoactivas, conflictos intrafamiliares o entre vecinos, vendedores ambulantes y emergencias médicas o hasta veterinarias… (Incluso es un general de la policía el que está hoy a cargo de la dirección general del Inpec, a pesar de que esa función no le correspondería a la policía).

En el caso de la seguridad para eventos masivos, dado el insuficiente pie de fuerza policial, dicha responsabilidad se traduce en menos capacidad de patrullaje y vigilancia, que es en lo que debe concentrarse la policía, así como en más carga laboral para sus miembros. Es necesario que este tipo de eventos, como conciertos, partidos de fútbol, concentraciones religiosas, etc., usen esquemas de vigilancia privada.

En el otro caso, además, los oficiales de policía no son los profesionales idóneos para hacerse cargo de dichas situaciones y no es claro tampoco por qué tienen que estar a cargo de ellas. Al respecto, es necesario ampliar y seguir fortaleciendo los cuerpos de profesionales que ya existen y que están especializados en tratar con la población habitante de la calle (los llamados ángeles azules), con protestas (gestores de convivencia) y con conflictos intrafamiliares y entre vecinos (comités de convivencia, casas de justicia, centros de conciliación, comisarías de familia, etc., cuyos profesionales deberían salir mucho más al terreno, a donde el ciudadano está y la situación se desarrolla, lo que facilitaría el acceso a estos mecanismos de resolución de conflictos e incentivaría su uso).

Asimismo, se requiere crear nuevos cuerpos civiles especializados para tratar más situaciones como las mencionadas. Como por ejemplo las relacionadas con los vendedores ambulantes, para las cuales podría existir un cuerpo civil de profesionales que se encarguen de velar por que se cumplan ciertas reglas básicas de organización en el espacio público y de convivencia con los demás ciudadanos. O también las relacionadas con el consumo de sustancias psicoactivas y de alcohol. Se trata, en cualquier caso, de que los oficiales de policía solo acompañen de manera indirecta las intervenciones de estos cuerpos de profesionales (trabajadores sociales, psicólogos, médicos…) y solo intervengan como último recurso. (En este último tipo de situaciones, no es claro además por qué la policía debería estar a cargo de tratar, controlar o vigilar de manera directa a los consumidores de estas sustancias).

Todo lo anterior contribuiría a liberar a la policía de responsabilidades no poco pesadas y para las cuales no está preparada, y le permitiría concentrarse en lo que sin duda alguna debe concentrarse: en la seguridad ciudadana. La convivencia ciudadana es un asunto mucho más amplio y no debe ser responsabilidad exclusiva ni última de la policía.

La Personería de Bogotá debe velar por la protección de los derechos humanos de los bogotanos. El derecho a la vida, conviene reiterarlo, es condición del ejercicio de los demás derechos y por eso es el primer derecho humano que este organismo debe proteger.

Puede hacerlo vigilando, por ejemplo, que en las intervenciones policiales cotidianas (desde una requisa en adelante) se cumplan de manera estricta los protocolos establecidos o que se creen nuevos si hacen falta. Asimismo, puede trabajar de la mano con el Concejo y la Administración Distrital para articular capacidades con el fin de poner en marcha programas de entrenamiento en habilidades psicosociales para los oficiales de policía, así como de creación, ampliación y fortalecimiento de cuerpos civiles especializados que complementen la labor de la policía y contribuyan así a garantizar la convivencia ciudadana. También puede ayudar a generar una vigilancia policiva estratégica en función de los “puntos calientes” donde se concentran las violaciones más graves a los derechos humanos.

De esta manera, el personero distrital puede contribuir eficazmente a tener una mejor policía en la ciudad, una que proteja por encima de todo la vida, y por esa vía a mejorar las condiciones básicas para la promoción y protección de todos los demás derechos de los ciudadanos.



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