OPINIÓN

Juan Manuel Charry

Políticas gubernamentales dividen, políticas de Estado reconcilian

Acto Legislativo puso en funcionamiento JEP sin procedimiento. Gobierno se empeñó en sacar su política a pesar de derrota plebiscitaria. Ahora se apremia al Congreso, en nombre de las víctimas, para aprobación de procedimiento. Recientes elecciones cambiaron panorama político por revisión de acuerdo e implementación, mediante política de Estado. Sentencias pendientes no impiden legislar. Corte Constitucional con inusual premura terció diferencia. Presidente Santos debe aceptar que terminó su periodo. Corte Constitucional debe expedir sentencias oportunamente. En temas de paz, imposiciones gubernamentales dividen, políticas de Estado reconcilian.
26 de junio de 2018 a las 9:05 a. m.

El Acto Legislativo 1 de 2017, dispuso que la Jurisdicción Especial de Paz entrara en funcionamiento a partir de la aprobación del mismo acto, sin necesidad de ninguna norma de desarrollo y sin perjuicio de la aprobación posterior de las normas de procedimiento y lo que establezca el reglamento de esa jurisdicción. Se trató de una estrategia de gobierno, consistente en consolidar los hechos de forma que no fuera fácil impedir la implementación del acuerdo con las Farc. De ahí, la fórmula de poner en marcha una jurisdicción sin procedimiento, sin más que su propio reglamento, vulnerando las más elementales garantías del Debido Proceso. ¿Por qué? Porque el gobierno se empeñó en sacar adelante su política, a pesar de la derrota plebiscitaria y de la oposición de un amplio sector de la sociedad. Ese su error fundamental.

Ahora, ese mismo gobierno apremia a los partidos políticos en el Congreso, para que en aras de los derechos de las víctimas, se apruebe el procedimiento de esa jurisdicción, que no fue indispensable para iniciar su funcionamiento. Ya veremos al final de este proceso qué tanto se resarcen los derechos de las víctimas y qué tantos privilegios se conceden a los victimarios.

Lo cierto es que las recientes elecciones presidenciales cambiaron el panorama político, pues las mayorías eligieron a quienes proponían la modificación del acuerdo con las Farc y su implementación, mediante consensos más amplios, que comprendieran a la oposición y al nuevo partido de la Farc, esto es, mediante una política de Estado y no a través de la insistencia y ciega perseverancia del gobierno de turno.

También es cierto, que el presidente electo presentó como uno de sus argumentos principales, pronunciamientos pendientes de la Corte Constitucional, sobre la ley estatutaria, que pudieran alterar aspectos con incidencia en el procedimiento. Se trata de argumentos de prudencia que en modo alguno limitan la independencia y autonomía del Congreso; sin embargo, la Corte Constitucional con inusual premura y más allá sus funciones, terció las diferencias entre los gobiernos saliente y entrante a favor del primero.

Respeto por las instituciones, mesura y sosiego. El presidente Santos debe estar consciente de su derrota electoral y de la finalización de su periodo, por lo tanto, no debe presentar las muchas iniciativas legislativas pendientes, a sabiendas que serán revisadas o derogadas, en desgaste innecesario de sesiones extraordinarias en el Congreso. La Corte Constitucional lleva casi un año con los términos suspendidos en el control constitucional ordinario, debe proferir las sentencias respectivas oportunamente, sin acudir a la práctica insegura de comunicados de prensa con motivaciones parciales, y lo más importante, sin intervenir en situaciones políticas de coyuntura mediante declaraciones públicas a favor de uno de los bandos.

La lección que nos dejan es que en los temas de paz la imposiciones gubernamentales dividen la sociedad, cuando las decisiones de Estado la unen y reconcilian.