Home

Opinión

Artículo

TU-TELADAS Y SOR-PRENDIDAS

Se trata solamente de condenar a un medio de comunicación, con base en la versión exclusiva de una sola de las partes.

Semana
14 de noviembre de 1994

HASTA DONDE NOS LLEVARA LA bendita acción de tutela?", preguntaba hace apenas dos semanas en El Tiempo el columnista Enrique Santos Calderón. "Hasta donde la lleven los jueces," pensé para mis adentros. Quién iba a pensar que, en tan corto tiempo, estos pensamientos resultarían una realidad. La realidad de que en Colombia los periodistas, en contravía de lo que dice la Constitución en su artículo 29, sí podemos ser condenados sin que previamente se nos haya oído en juicio, si un juez lo resuelve así, como fue en el caso del ex contralor y miembro de la junta directiva del Club Deportivo América de Cali, Manuel Francisco Becerra.
No es el primer juez ni la primera tutela que he tenido que enfrentar durante mi vida profesional. Algunas las he perdido, otras ganado, pero siempre mis argumentos habían sido escuchados por los jueces, que con gran independencia y honestidad nos permitieron defendernos de las acusaciones que se nos hacían. Eso significa que el problema de la tutela y de los medios de comunicación no es, pues, la rama judicial, sino un juez, ese determinado juez que interpreta la tutela como un mecanismo para condenar periodistas que no han tenido la oportunidad de defenderse.
La tutela es un mecanismo jurídico valioso, cuando se la interpreta como la herramienta que más a la mano tiene el ciudadano para defenderse de los atropellos del Estado? o de un particular. Pero no es, de ninguna manera, una herramienta para atropellar a los medios de comunicación, ni una espada para decapitar periodistas, ni un sustituto del poder judicial, respetable poder en Colombia que, como los medios de comunicación, ha puesto su cuota, y qué tan alta, en la lucha contra el común enemigo de toda Colombia: la violencia, venga de donde venga.
En este caso particular, sin embargo, no sólo se ha hecho una interpretación inconstitucional de la tutela, al no permitir que los acusados se hubieran defendido antes de ser condenados. También se ha trocado abruptamente el papel de los medios de comunicación, que como su nombre lo indica, "comunican". ¿Qué? Los hechos y las opiniones que consideren noticiosas. Si un ex representante a la Cámara asegura tener pruebas, como fue el caso del señor Gustavo Petro contra el ex contralor y ex miembro de la Junta Directiva del Club Deportivo América de Cali, Manuel Francisco Becerra, de que alguien iba a cometer una ilegalidad, el periodista, previa evaluación de la seriedad de la fuente, procede a publicarla, pero también debe cumplir con el deber de otorgarle al acusado el legítimo derecho de la defensa. El día de la publicación se buscó al señor Becerra y fue imposible conseguir su reacción, pues no estaba en la ciudad. Al día siguiente todos pudieron defenderse. Su señora, él y la Federación de Cafeteros. Luego se recibió una carta del señor Becerra solicitando una nueva rectificación, y quizás demasiado generosamente, porque las acusaciones no provenían del medio sino de un ex representante a la Cámara, procedimos a hacerla, a sabiendas de que estábamos volviendo a hacer lo que ya se había hecho. Y fue entonces cuando nos cayó la gota fría. Una juez consideró que con sólo escuchar al señor Manuel Francisco Becerra Barney, ex contralor y ex miembro de la junta directiva del Club Deportivo América de Cali, tenía elementos suficientes para condenarnos. No se le pasó por la mente a la juez escuchar al que había hecho la denuncia original. el señor Gustavo Petro, actual funcionario diplomático en Bruselas, quien asegura que las acusaciones que hizo contra Becerra Barney provienen de la información que le suministró el actual contralor general de la Nación, David Turbay Turbay.
La juez tampoco se tomó el trabajo de averiguar si, como Petro y, según él, el propio David Turbay lo aseguraron, hubo un proceso de contratación. que no llegó a consumarse, en virtud del cual se iba a realizar una auditoría por parte de Arthur Andersen a los comités de la Federación de Cafeteros en Europa y Norteamérica, en virtud de un aval que entregaba la Contraloría. Con el agravante de que el contralor era Becerra Barney, y su señora socia de Arthur Andersen, pero que como ella era socia de esa compañía de auditaje antes de casarse, pues eso no se vale.
Yo no sé si eso era ilegal o no. Pero en todo caso huele feo, suena feo y se ve feo. Petro asegura haber visto el borrador de esa contratación. Misteriosamente éste ha desaparecido del mundo de los vivos. Pero eso a la juez no le pareció significativo, porque se trataba solamente de condenar a un medio de comunicación con base en la versión de una sola de las partes.
Ejemplos como éste, en los que la tutela desborda a la razón, hay muchos. El único propósito de esta nota es el de poner a la opinión pública en conocimiento de que existe un derecho de tutela, que bien interpretado produce libertad y justicia, pero que mal interpretado en relación con un medio de comunicación es una mordaza inadmisible.
La tutela es un método expedito para hacer justicia. Lo que no puede ser es un vehículo para hacer justicia rápida y mala, que deja muchas sospechas sobre qué hay detrás de una juez que no deja hablar sino a una sola de las partes, el ex contralor y ex dirigente del Club Deportivo América de Cali, Manuel Francisco Becerra Barney.-

Noticias Destacadas