| Foto: Iván Duque en reunión con PMU / Foto: Presidencia

Semana Noticias

Gobierno expide circular para hacer teletrabajo en entidades oficiales

Dentro de las medidas se ordena a los servidores públicos minimizar las reuniones presenciales en grupo.

7 de mayo de 2020

Ante la amenaza creciente del coronavirus en Colombia, el presidente de la República, Iván Duque, expidió una circular para los funcionarios públicos con la cual habilita la herramienta del teletrabajo.

En ese documento el Gobierno nacional ordena a los servidores públicos minimizar las reuniones presenciales en grupo con la finalidad de no aumentar el riesgo de contagio.

“Los organismos y entidades de la rama ejecutiva del orden nacional deberán revisar las condiciones particulares de salud de los servidores públicos, así como las funciones y actividades que desarrollan, con el fin de adoptar mecanismos que permitan su cumplimiento desde la casa”, dice uno de los apartes del documento.

Y agrega: “Se podrá acudir a las tecnologías de la información y las comunicaciones sin que esto constituya la modalidad de teletrabajo, de conformidad con lo previsto en el numeral 4 del artículo 6 de la Ley 1221 de 2008, por la cual se establecen normas para promover y regular el teletrabajo y se dictan otras disposiciones".

Además, la circular presidencial dispone:

  • Acudir a canales virtuales institucionales, transmisiones en vivo y redes sociales para realizar conversatorios, foros, congresos o cualquier tipo de evento masivo.
  • Usar las herramientas tecnológicas para comunicarse y evitar el uso, impresión y manipulación de papel.
  • Adoptar las acciones que sean necesarias para que los trámites que realicen los ciudadanos se adelanten dándoles prioridad a los medios digitales.
  • Hacer uso de herramientas como e-learning, portales de conocimiento, redes sociales y plataformas colaborativas, para adelantar los procesos de capacitación y formación que sean inaplazables.

Y advierte que el uso de las tecnologías de la información y telecomunicaciones deberá garantizar el cumplimiento de los lineamientos establecidos en materia de ciberseguridad por la entidad y con sujeción a la legislación vigente en materia de habeas data.