Transportadores concentrados en Bogotá | Foto: Fundación Familia Camionera

Semana Noticias

Paro de transportadores de vehículos de carga se levanta

El decreto 840, que fija las condiciones y restricciones para el tránsito de estos vehículos en Bogotá, fue el punto de discordia.

21 de febrero de 2020

Los transportadores de vehículos de carga, en cese de actividades esta semana por el decreto 840, anunciaron un acuerdo con el Distrito que permite que se reincorporen a labores. Dicho decreto, establecido por la administración distrital, "establece las condiciones y restricciones para el tránsito de vehículos de transporte en Bogotá, cuyo objetivo es balancear el impacto que estos vehículos producen en materia de contaminación, accidentalidad y congestión en el tráfico de la ciudad".

"El componente ambiental de esta medida de restricción se sustenta en que el 84 por ciento de la flota de vehículos de carga, que transitan por la ciudad, tienen una tecnología inferior a Euro III y el 73 por ciento de la flota tiene una vida útil de más de 10 años, mientras que un 18 por ciento tiene una edad igual o superior a los 20 años. El 43 por ciento del total de material particulado que ingresa al aire de Bogotá es emitido por los camiones o vehículos de transporte de carga, de acuerdo a los análisis realizados dentro de las fuentes móviles de emisiones en Bogotá", señala la administración distrital.

Bajo ese argumento, la Alcaldía de Bogotá dispuso de restricciones al tránsito de estos vehículos en Bogotá. Restricción de circulación a vehículos de carga con peso superior a los 8.500 kilogramos entre el perímetro comprendido entre los cerros orientales y la avenida Boyacá, desde la avenida Primero de Mayo hasta la calle 170, de lunes a viernes, de 5:30 a.m. a 8:00 a.m. y de 4:30 p.m. a 7:00 p.m.

Restricción las 24 horas del día para la circulación de vehículos de carga con peso superior a los 3.500 kilogramos en la zona centro de la ciudad comprendida entre el sector de La Candelaria entre la Carrera 9 y la Avenida Circunvalar, y de la Avenida Jiménez hasta la Calle 7. Y restricción a la movilidad en toda la ciudad para vehículos de carga de más de 20 años de edad, de lunes a viernes, entre las 5:30 a.m. y las 8:00 a.m. y entre las 4:30 p.m. y 7:00 p.m. A este tipo de vehículos de más de 20 años también les aplica un pico y placa rotativo que rige desde las 5:30 a.m. hasta las 9:00 p.m., durante un solo día a la semana. Con el acuerdo, parte del contenido de dicho decreto cambia.

Los camioneros, molestos por la normativa, protestaron esta semana y algunos de ellos parquearon sus vehículos en vías claves de la capital de la república. Tras reuniones con el Distrito desde el lunes anterior, este viernes se llegó a un acuerdo. Entre dichos acuerdos se estableció que algunos vehículos quedarán fuera de tal normativa, entre los que se cuentan:

1. Los de emergencia

2. Los de valores, los de alimentos perecederos, animales vivos, flores y gases medicinales

3. Los operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios en servicio

4. Los de transportes de materiales y maquinaria para obras públicas que se encuentran en servicio, siempre y cuando la obra asociada a la actividad cuente con Plan de Manejo de Tránsito aprobado y vigente por la Secretaría Distrital de Movilidad.

El cambio también contempla modificaciones en cuanto a las zonas restringidas y los horarios de dicha restricción. Este documento, conocido por Vicky en Semana, da cuenta de gran parte de los acuerdos