Con el Decreto 003 se modificó la rotación del pico y placa para vehículos particulares en Bogotá. No obstante, se mantienen los horarios, que irán de 6:00 a. m. hasta las 9:00 p. m.

En dicho decreto se establece que los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5 tendrán restricción los días pares y los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0 estarán restringidos los días impares.

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En ese orden de ideas, el pico y placa que rige para este miércoles, 10 de mayo, es para los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.

El flujo vehicular en Bogotá suele ser bastante alto, sobre todo en horas pico. Foto: Getty Images / Stephan Zirwes

En cuanto a los taxis, la Secretaría Distrital de Movilidad indicó que el pico y placa aplica para los vehículos con placa terminada en 9 y 0. En este caso, el horario comienza desde las 5:30 a. m. y va hasta las 9:00 p. m.

Los usuarios que deseen estar exentos del pico y placa pueden registrarse en la página de la Secretaría de Movilidad y conocer acerca del pico y placa solidario, la modalidad con la que se puede pagar para usar el vehículo sin ninguna restricción, según la Alcaldía Mayor de Bogotá.

Vale recordar que, a finales de 2022, la Secretaría Distrital de Movilidad había anunciado que el pico y placa en Bogotá iba a cambiar a partir de enero y hasta el mes de abril, rotando placas cada tres meses, pero al final hubo otras modificaciones. La administración distrital echó para atrás esa decisión y ya no habrá cambios de placas cada ciertos meses.

La persona que viole el pico y placa se hace acreedor a una sanción económica de 522.000 pesos, se procederá a inmovilizar el carro y será enviado a los patios, con lo que se incrementará considerablemente el costo de la infracción.

Se debe tener en cuenta además que quien desee evitar la restricción puede acceder al pico y placa solidario, para lo cual deberá cancelar una tarifa que corresponde al tiempo que se desee transitar.

Incumplir la normativa conlleva a sanciones por parte de las autoridades de tránsito. Foto: Guillermo Torres

Vehículos exentos

De acuerdo con la Secretaría Distrital de Movilidad los vehículos que cumplan con las siguientes características quedan exentos de la medida de pico y placa en Bogotá.

El pico y placa tiene como finalidad mejorar la movilidad en las diferentes vías de la capital. Foto: GUILLERMO TORRES REINA
  • Vehículos de emergencia. Automotores debidamente identificados e iluminados, dispuestos para movilizar personas afectadas en salud, prevenir o atender desastres y/o calamidades, o actividades policiales, debidamente registrados como tal con las normas y características que exige la actividad para la cual se matriculen, y los automotores propiedad de las empresas que prestan atención médica domiciliaria, debidamente identificados, solo cuando en ellos se desplace personal médico en servicio.
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  • Vehículos utilizados para el transporte de personas en condición de discapacidad: automotores que transporten o sean conducidos por personas cuya condición motora, sensorial o mental límite o restrinja de manera permanente su movilidad. La condición de discapacidad permanente que limita la movilidad debe ser claramente acreditada con la certificación médica correspondiente, expedida por la EPS, IPS o ESE. La excepción aplica únicamente para la inscripción de un (1) vehículo por persona en condición de discapacidad.