Este lunes 13 de septiembre jugaron las loterías de Cundinamarca y Tolima dejando más de 5.000 millones de pesos en premios, tanto los ‘gordos’ como los secos, que son de baja cuantía.

En cuanto a la lotería de Cundinamarca, jugó el sorteo 4559 con 3.000 millones de pesos del premio mayor que tuvo ganador en Bogotá y un mega seco de 200 millones de pesos. También se entregó el súper tunjo de 100 millones de pesos en secos menores.

Esta es la lista de resultados:

  • 6881, serie 214 (premio mayor).
  • 6619, serie 088 ($ 200 millones).
  • 4696, serie 049 ($ 100 millones).
  • 8047, serie 207 ($ 20 millones).
  • 5940, serie 201 ($ 20 millones).
  • 4099, serie 245 ($ 20 millones).
  • 1171, serie 054 ($ 20 millones).
  • 7691, serie 224 ($ 20 millones).

Además, tuvo 40 secos de 10 millones de pesos y estos son los números ganadores:

Lotería del Tolima

El sorteo 3926 del Tolima tuvo como premio ganador de 2.000 millones de pesos con el tiquete ganador en Neiva. También se entregaron secos altos entre 20 y 70 millones de pesos.

Estos son los resultados:

  • 0477, serie 052 (premio mayor).
  • 4257, serie 052 ($ 70 millones).
  • 9772, serie 052 ($ 70 millones).
  • 1638, serie 052 ($ 70 millones).
  • 2778, serie 046 ($ 40 millones).
  • 2518, serie 137 ($ 24 millones).
  • 5239, serie 029 ($ 24 millones).
  • 5613, serie 108 ($ 20 millones).

Finalmente, se entregaron secos menores se entregaron de de 15 millones de pesos 10 de 5 millones.

Estos fueron los números que cayeron:

¿Qué hacer si gana la lotería?

Para solicitar la entrega del premio, se debe presentar el certificado de Registro Único Tributario (RUT) expedido por la DIAN y una copia de la cédula de ciudadanía.

Un ganador de la lotería no recibirá la suma de dinero completa debido a que, según está determinado, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) le descontará parte del monto.

Es así como, de acuerdo con lo fijado en el Estatuto Tributario, el ganador tendrá que pagar el impuesto por ganancias ocasionales, que corresponde al 20 % del premio, más el descuento derivado del impuesto financiero conocido como 4 x 1.000 sobre el valor bruto obtenido.

La DIAN llama ganancia ocasional al ingreso o utilidad que tiene una persona o empresa por la venta ocasional o esporádica de un bien que no forma parte del giro ordinario de sus negocios, o por la ocurrencia de un hecho económico excepcional, como ganar la lotería o una rifa.

Para la determinación del Impuesto de la ganancia ocasional se debe tener en cuenta lo establecido en los artículos 299 al 317 del Estatuto Tributario.

Por su parte, los expertos recomiendan que lo primero que debe hacer el ganador es tener discreción, ya que con esto habrá menos problemas para enfrentarse a una situación en la que familiares, amigos y entidades financieras suelen querer influir en el destino del premio.

Asimismo, es importante conseguir asesoría adecuada como un profesional con experiencia en la gestión de inversiones y patrimonios.

Loterías de Cundinamarca y Tolima: resultados del sorteo del 30 de agosto

También, recomiendan deshacerse de las deudas y más si algunas están en mora. Con respecto a la cancelación de préstamos o hipotecas, dependerá de si conviene según los términos de los contratos de estos.

Otra recomendación de los expertos es invertir, pero conviene repartir el capital en más de un destino para no incrementar innecesariamente el riesgo que supone confiar a terceros el dinero ganado.

Se debe tener en cuenta que la decisión sobre dónde invertir el dinero dependerá del perfil del premiado ante el riesgo, y un experto financiero podría guiarlo para que tome la mejor decisión.