En julio de 2018, justo luego que se anunció que Uribe era llamado a rendir indagatoria por la Corte Suprema de Justicia, el senador anunció que dejaría su curul en el Congreso para poder concentrarse en su defensa. Eso finalmente no ocurrió. Ahora, ante la medida de aseguramiento que le impuso la Sala de Instrucción no tiene opción: deberá cesar su rol de legislador. El artículo 359 de la ley 600 de 200, que es el marco normativo en el que se sigue el caso de Uribe, señala que: “Cuando se imponga medida de aseguramiento en contra de un servidor público, en la misma providencia se solicitará a la autoridad respectiva que proceda a suspenderlo en el ejercicio del cargo”. Eso significa para el caso en cuestión que la Corte Suprema deberá solicitar a la mesa directiva del Senado la suspensión del líder de Centro Democrático. Lea la historia completa aquí