Las empresas catalogadas como grandes contribuyentes serán las primeras en tener que pagar impuestos, pues las fechas para declarar y pagar el impuesto de renta correspondiente al año gravable 2020 oscilan entre el 9 de febrero y el 23 de junio.

PRIMERA CUOTA (50%) Si el último dígito es Hasta el día 1 12 de abril de 2021 2 13 de abril de 2021 3 14 de abril de 2021 4 15 de abril de 2021 5 16 de abril de 2021 6 19 de abril de 2021 7 20 de abril de 2021 8 21 de abril de 2021 9 22 de abril de 2021 0 23 de abril de 2021

Primera Cuota 50%

Si el último dígito es

Hasta el día

112 de abril de 2021213 de abril de 2021314 de abril de 2021415 de abril de 2021516 de abril de 2021619 de abril de 2021720 de abril de 2021821 de abril de 2021922 de abril de 2021023 de abril de 2021

Declaracion y pago segunda cuota

Si el último dígito es

Hasta el día

112 de abril de 2021213 de abril de 2021314 de abril de 2021415 de abril de 2021516 de abril de 2021619 de abril de 2021720 de abril de 2021821 de abril de 2021922 de abril de 2021023 de abril de 2021

Declaracion y pago tercera cuota

Si el último dígito es

Hasta el día

19 de junio de 2021210 de junio de 2021311 de junio de 2021415 de junio de 2021516 de junio de 2021617 de junio de 2021718 de junio de 2021821 de junio de 2021922 de junio de 2021023 de junio de 2021

Para el resto de las empresas, el plazo para que hagan su declaración de renta correspondiente al 2020 va desde el 12 de abril hasta el 23 de junio dependiendo del último número del número de identificación tributaria (NIT).

Lea también: Hogares pagarán en promedio $10 millones en impuestos en 2021

Declaracion y pago primera cuota

Si los últimos son

Hasta el día

01 y 0512 de abril de 202106 y 1013 de abril de 202111 y 1514 de abril de 202116 y 2015 de abril de 202121 y 2516 de abril de 202126 y 3019 de abril de 202131 y 3520 de abril de 202136 y 4021 de abril de 202141 y 4522 de abril de 202146 y 5023 de abril de 202151 y 5526 de abril de 202156 y 6027 de abril de 202161 y 6528 de abril de 202166 y 7029 de abril de 202171 y 7530 de abril de 202176 y 803 de mayo de 202181 y 854 de mayo de 202186 y 905 de mayo de 202191 y 996 de mayo de 202196 y 007 de mayo de 2021

Pago segunda cuota

Si el último dígito es

Hasta el día

19 de junio de 2021210 de junio de 2021311 de junio de 2021415 de junio de 2021516 de junio de 2021617 de junio de 2021718 de junio de 2021821 de junio de 2021922 de junio de 2021023 de junio de 2021

Por otra parte, las personas naturales que deben declarar y pagar renta tienen entre el 10 de agosto y el 20 de octubre para llevar a cabo su obligación tributaria.

Si los últimos son

Hasta el día

01 y 0210 de agosto de 202103 y 0411 de agosto de 202105 y 0612 de agosto de 202107 y 0813 de agosto de 202109 y 1017 de agosto de 202111 y 1218 de agosto de 202113 y 1419 de agosto de 202115 y 1620 de agosto de 202117 y 1823 de agosto de 202119 y 2024 de agosto de 202121 y 2225 de agosto de 202123 y 2426 de agosto de 202125 y 2627 de agosto de 202127 y 2830 de agosto de 202129 y 3031 de agosto de 202131 y 321 de septiembre de 202133 y 342 de septiembre de 202135 y 363 de septiembre de 202137 y 386 de septiembre de 202139 y 407 de septiembre de 202141 y 428 de septiembre de 202143 y 449 de septiembre de 202145 y 4610 de septiembre de 202147 y 4813 de septiembre de 202149 y 5014 de septiembre de 202151 y 5215 de septiembre de 202153 y 5416 de septiembre de 202155 y 5617 de septiembre de 202157 y 5820 de septiembre de 202159 y 6021 de septiembre de 202161 y 6222 de septiembre de 202163 y 6423 de septiembre de 202165 y 6624 de septiembre de 202167 y 6827 de septiembre de 202169 y 7028 de septiembre de 202171 y 7229 de septiembre de 202173 y 7430 de septiembre de 202175 y 761 de octubre de 202177 y 784 de octubre de 202179 y 805 de octubre de 202181 y 826 de octubre de 202183 y 847 de octubre de 202185 y 868 de octubre de 202187 y 8811 de octubre de 202189 y 9012 de octubre de 202191 y 9213 de octubre de 202193 y 9414 de octubre de 202195 y 9615 de octubre de 202197 y 9919 de octubre de 202199 y 0020 de octubre de 2021

Las personas que deben declarar son las siguientes:

  • Aquellas que al 31 de diciembre de 2020 tuvieran un patrimonio superior a $160,2 millones (4.500 unidades de valor tributario).
  • Quienes tuvieron ingresos brutos iguales o superiores a $49,8 millones (1.400 UVT) durante 2020.
  • Las personas que hayan realizado compras con tarjeta de crédito superiores a $49,8 millones durante 2020.
  • Quienes hayan realizado compras y consumos totales superiores a $49,8 millones.
  • Los que hayan tenido consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a $49,8 millones.
  • Y los responsables del impuesto sobre las ventas (IVA) al cierre del 2020.

Declaración de activos en el exterior

De acuerdo con el Ministerio de Hacienda, las compañías catalogadas como grandes contribuyentes tienen entre el 12 y 23 de abril para declarar los activos en el exterior. Las empresas tienen entre el 12 de abril y el 7 de mayo y las personas naturales entre el 10 de agosto y el 20 de octubre.

Lea también: Recaudo tributario de Colombia bajó 15,3% en septiembre

El Ministerio de Hacienda espera que el recaudo tributario de 2021 sea de $153 billones. Según el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, esto significaría que cada uno de los hogares colombianos debería pagar en impuestos alrededor de $10 millones el próximo año.