El Ministerio de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones (MinTIC) confirmó recientemente una multa impuesta a Avantel (que está en proceso de fusión con WOM) por más de $8.800 millones. La sanción se colocó porque la compañía incumplió su obligación de cobertura en el país.

“Este se verifica en esta actuación en particular, por cuanto el PRST investigado, como ya se indicó, no garantizó después del quinto año contado a partir de la ejecutoria de la Resolución MINTIC 2627 de 2013, la prestación la cobertura de Red 4G, en el ciento por ciento (100%) de las cabeceras municipales del país”, dice la normativa del MinTIC.

Según el ministerio, Avantel afectó el derecho al acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones básicas, fundamentales para que los colombianos, en especial aquellos que se encuentran en las zonas más apartadas del país, pudieran ejercer a través de los diferentes medios de comunicación, el derecho a la libertad de expresión y de difundir su pensamiento, el libre desarrollo de la personalidad, la de informar y recibir información, la educación y el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura, la remoción de barreras a los usos innovadores y la promoción de contenidos de interés público y de educación integral.

“Esta Dirección considera que el incumplimiento reglamentario en que incurrió Avante conlleva a la vulneración de concretas obligaciones, deberes y/o prohibiciones previamente conocidas y adquiridas a partir de la voluntaria decisión del proveedor de prestar los servicios de telecomunicaciones que acarrean la observancia de tales aspectos”, explica la normativa.

Debido a lo anterior, la cartera decidió sancionar e imponer una multa a Avantel por 11.348,88 salarios mínimos legales mensuales vigentes para el año 2018, que corresponden a $8.866 millones.

Luego de haber sido notificado de la sanción, Avantel había presentado el respectivo recurso de apelación, el cual fue rechazado por el MinTIC.

Otras sanciones a Avantel

Meses atrás, la Agencia Nacional del Espectro (ANE) ratificó la sanción a Avantel por el uso ilegal del espectro que pertenece a Partners, dueño del nuevo operador WOM.

Tras meses de investigación, ante quejas y denuncias presentadas por Comunicación Celular Comcel S. A (Claro) y Colombia Móvil S. A. E. S. P. (Tigo), se ratificó que Avantel, empresa que se encuentra en proceso de reorganización empresarial y que recientemente se fusionó con Partners, utilizó sin autorización del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) el espectro adjudicado en diciembre de 2019 a la empresa dueña de WOM.

Dicho espectro corresponde a las frecuencias de 723 - 733 MHz y 778 - 788 MHz “como quiera que no detenta una autorización legítima para su uso proveniente del Estado”, según se expuso en la resolución sancionatoria.

Es por esta razón que Avantel S. A. deberá pagar al Estado colombiano una multa de 11.732 salarios mínimos mensuales legales vigentes, poco más de $10.600 millones, y además, debe dejar de utilizar dichas frecuencias de manera inmediata.

“Otorgar a Avantel S. A. S. en reorganización, quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente a la ejecutoria de esta resolución, para que dentro de este plazo efectúe el pago total de la deuda”, precisa el documento que confirma la multimillonaria sanción.

A todo el material probatorio, la documentación entregada por las empresas demandantes, así como la defensa de la empresa, se sumó el pronunciamiento del Ministerio TIC sobre el caso, pues el espectro es un bien público y es por esta razón que debe autorizar el uso de las frecuencias a actores determinados del mercado.

En la resolución se destaca que la cartera fue consultada por estos hechos, y aunque sin negar o aceptar de fondo el conocimiento del uso de la frecuencia, respondió: “El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones carece de competencia para autorizar acuerdos privados mediante los que se definen condiciones de acceso, interconexión, venta de servicios mayoristas y minoristas entre los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones. Estos acuerdos se someten, en todo caso, a las condiciones y definiciones dispuestas en la regulación, así como a la autonomía de las partes y al libre mercado”.