La discusión del salario mínimo en Colombia es uno de los temas más mencionados por estos días en todo el país, ya que es una de las herramientas que muchos esperan que se analice concienzudamente por parte de las centrales obreras y los empresarios, con miras a enfrentar la inflación que no cede y ya tiene contra las cuerdas a miles hogares y compañías en todo el país, que deben hacer cada vez más piruetas para lograr que el dinero alcance.

En todo este proceso de diálogos y propuestas, que debe culminar a más tardar el próximo 30 de diciembre, el costo de vida ha sido la principal referencia a tener en cuenta, ya que mientras por un lado se propone que el aumento del mínimo se ajuste únicamente a este dato, otros señalan que incluso debería ir hasta el 20 o 25 %. Actualmente, la inflación se encuentra en un acumulado anual de 12,22 %, cifra que asusta a muchos porque aviva los vientos de crisis para el próximo.

Para este tema, las cuentas del Gobierno nacional se ven desde dos ópticas, por un lado la del viceministro de Hacienda, Diego Guevara, quien hace unas semanas dijo que el salario mínimo para el 2023 quedaría entre $ 1.110.000 y $ 1.150.000, según cómo va el crecimiento de la inflación, mientras que la ministra de Trabajo, Gloría Inés Ramírez, reiteró recientemente que las negociaciones avanzan a buen ritmo y que esperan lograr una decisión de común acuerdo para este año.

Así las cosas, las apuestas de aumentos de sueldo para quienes ganan un salario mínimo oscilan entre el 12 % y el 25 %, por lo que este ítem quedaría entre 1.120.000 y 1.250.000 pesos, dependiendo la óptica desde la que se mire. Lo cierto es que diversos empresarios han advertido que, contrario a lo que se cree, un aumento muy fuerte del salario solo se traducirá en más inflación.

¿Cómo sube el sueldo para los que ganan más del mínimo?

De acuerdo con la Constitución Política de Colombia, en su artículo 53, todos los salarios deben ajustarse en el país. Esto con el fin de garantizar un mínimo vital y una vida digna para los trabajadores en el país y evitar un deterioro de su calidad de vida conforme pasa el tiempo y se disparan indicadores como el de la inflación.

“La ley correspondiente tendrá en cuenta por lo menos los siguientes principios mínimos fundamentales: Igualdad de oportunidades para los trabajadores; remuneración mínima vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad de trabajo; estabilidad en el empleo; irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales; facultades para transigir y conciliar sobre derechos inciertos y discutibles; situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales de derecho”, dice este artículo.

No obstante, el salario de estos trabajadores no se ajusta con base en lo pactado entre los empresarios o sindicalistas, o lo determinado por decreto desde el gobierno de turno, sino que se toma en cuenta el Índice de Precios al Consumidor, del cual se saca el dato de inflación o costo de vida. Esto se hace con el fin de evitar un deterioro del estilo de vida de las personas que logran subsistir gracias a este sueldo. Esto también aplica para quienes trabajan por prestación de servicios.

Otra diferencia entre quienes ganan el salario mínimo y aquellos que están recibiendo más que esto, es que mientras para los primeros el aumento se hace efectivo desde el 1 de enero del año siguiente, los del segundo grupo deben esperar a que se anuncien los datos de inflación total para el año en curso y ahí sí se promedia su aumento de sueldo.