Comprar una casa es uno de los sueños que tienen millones de colombianos, que tras años de trabajo y esfuerzo, buscan adquirir un patrimonio que les permita tener una renta a largo plazo y que también les permita darle a sus familias un espacio para vivir.
Pese a ello, a la hora de comprar casa, muy poco se sabe respecto a cómo llevar el proceso, tanto de compra como de escrituración, para que el comprador y el vendedor no vayan a tener dolores de cabeza posteriormente.
Aunque muchos creen que con las escrituras, la legislación colombiana los reconoce como dueños de su inmueble, lo cierto es que existe un trámite obligatorio que muchos no conocen y que es necesario para adoptar ese reconocimiento.
Se trata de la inscripción en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, en la que se realiza un registro de la adquisición. Si el comprador no lo hace, luego de realizar el trámite notarial, quien sigue figurando como dueño ante esta entidad es el vendedor.
Es decir, si no se realiza el cambio de registro, el anterior dueño seguirá apareciendo como titular del dominio. Las escrituras simplemente serán una fiel muestra del negocio que se realizó. Si se pueden pedir otras en cualquier momento, pero no significa que se pueda hacer algo solo con tenerlas.
Para realizar este procedimiento, el comprador deberá acudir a la entidad de registro de la ciudad en la que se encuentre y reunir los documentos que se pidan, dependiendo de donde se ubique.
En Bogotá, los documentos que necesitará son la copia de la escritura de constitución del régimen de propiedad horizontal y reforma si existiera.
El certificado de tradición y libertad, además del acta de asamblea obligatoria, la carta de aceptación, el documento de identificación del representante legal, el certificado de cámara y comercio, además de otros aspectos.