Son millones los colombianos que trabajan año a año y que, tras un gran esfuerzo, esperan obtener una pensión al terminar su época laboral. Sin embargo, para muchos trabajadores, esa tarea se complica dado algunos aspectos.

En la norma colombiana, existe además un beneficio que pocos trabajadores conocen y que les otorgaría una buena plata extra. Esto sucede exactamente cuando una persona cumple los requisitos para pensionarse, pero el reconocimiento o el primer pago se demora. En este caso, puede reclamar un derecho.

Este es el pago acumulado que recibe una persona por las mesadas pensionales no cobradas desde que adquirió el derecho hasta que se reconoce la pensión. | Foto: Getty Images

Se trata del retroactivo pensional que, según el Ministerio de Justicia, es el derecho que tienen las personas para cobrar las mesadas pensionales que no han sido pagadas, desde la fecha en que cumplió los requisitos hasta la fecha del reconocimiento de la pensión.

Este retroactivo se aplica tanto a las pensiones en el régimen público, en cabeza de Colpensiones, y también en los fondos privados. Este se otorga cuando el retraso se da por demoras en los trámites.

Para que usted pueda calcular el saldo adeudado, es importante que tome como base la mesada que legalmente le correspondía a usted en la fecha en la que tenían que empezar a girarle el dinero. Luego proyecta el valor hasta la fecha de reconocimiento y pago. Ahí tendrá una suma aproximada.

Se genera cuando la pensión es aprobada meses o años después de cumplir los requisitos. | Foto: Getty Images

Si va a pedir su retroactivo, debe dirigirse a la administradora de pensiones con la que cotizó y solicitar el formulario para pedir el retroactivo.

Con el formulario, es clave que entregue documentos como el documento que reconoce la pensión, el historial laboral actualizado, una copia de la cédula y radicar la solicitud. Tendrá un plazo de 30 días para recibir respuesta al respecto.

Luego de esto, será comunicada la aprobación o negación del mismo y se ordenará el pago inmediato dependiendo de la decisión.

Si, al contrario, se lo niegan, usted podrá demandar la decisión ante las autoridades laborales competentes.

Puede solicitarse ante el fondo de pensiones con la documentación que pruebe la fecha real en que se obtuvo el derecho. | Foto: 123 RF