La puesta en marcha de la nueva base de datos del Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales (Sisbén) tiene a muchos colombianos corriendo para actualizar su información personal y la de sus familiares.
La razón principal para realizar este trámite es que las diversas entidades que entregan subsidios o ayudas del Estado colombiano están ajustando la metodología con la que realizan estos giros, teniendo en cuenta los nuevos datos recopilados en el Sisben IV.
Por eso, para que un hogar quede registrado en la base es necesario que una persona mayor de 18 años y que viva permanentemente en el hogar, presente la solicitud ante la oficina del Sisbén del municipio.
De acuerdo con un decreto reglamentario, cualquier persona puede solicitar su inclusión en el sistema ante la entidad territorial en el cual resida: “Para el efecto, la entidad territorial aplicará la ficha de clasificación socioeconómica en la dirección de residencia habitual del solicitante, quien suministrará la información requerida para el diligenciamiento de la totalidad de las variables de esta, con el fin de realizar una correcta identificación y caracterización”.
Proceso de la encuesta
Las personas interesadas en realizar este trámite deben seguir los siguientes pasos:
- Diligenciar la solicitud de la aplicación de la encuesta ante la administración del Sisbén de su municipio. En este enlace puede consultar los teléfonos y direcciones de las oficinas, según el lugar de residencia.
- La solicitud debe quedar registrada en el sistema.
- La oficina municipal visitará su lugar de residencia para llevar a cabo la encuesta.
Al momento de realizar la solicitud tenga en cuenta los siguientes puntos:
- Es indispensable que el solicitante presente su documento de identidad y el de todos los miembros de su hogar. Las personas que no tengan documento de identidad o no tengan documento correspondiente a su edad no podrán quedar registradas en la solicitud, ni en la encuesta.
- Las copias de la solicitud deben firmarse y se deben conservar para cualquier reclamación ante la administración del Sisbén del municipio o para verificar la veracidad de la información por parte de organismos de control, como la personería municipal o distrital.
- Si en la vivienda hay más de un hogar, en la solicitud se relacionan únicamente las personas del primer hogar. Las personas de los otros hogares se registran directamente al momento de realizar la encuesta en la vivienda.
- Una vez registrada la solicitud, el tiempo que tarda la programación de la visita al hogar dependerá de cada alcaldía.
Una vez realice este proceso se realizará la encuesta presencial. Estos son los puntos a tener en cuenta a la hora de responder las preguntas:
- La encuesta Sisbén debe hacerse en la vivienda donde reside la persona.
- La encuesta debe ser respondida por una persona mayor de 18 años y que viva permanentemente en el hogar, preferiblemente el jefe de hogar y debe conocer la información de todas las personas que hacen parte de él.
- En la encuesta deben quedar relacionados los nombres, apellidos y tipo y número de documento de identidad tal como están registrados en los documentos de identidad que fueron presentados en la solicitud de aplicación de encuesta.
- Todas las personas que conforman el hogar deben quedar registradas con el parentesco que se tiene con respecto al jefe del hogar y deben residir permanentemente en la vivienda.
- En la medida que se aplica la encuesta, la persona que responde debe verificar la información registrada por el encuestador; una vez terminada la encuesta el informante debe firmar.
La encuesta del Sisbén tiene una duración promedio de 30 minutos y es gratuita. Además, tenga presente que una vez realizada, el tiempo que tarda la publicación de esta información es de máximo seis días luego de enviada la información al Departamento Nacional de Planeación por parte de la alcaldía.
Cambio de información
Ahora bien, si está interesado en actualizar o corregir información de la encuesta, debe solicitarlo ante la oficina Sisbén del municipio. En todo caso, esto solo puede hacerlo en los siguientes casos:
- La incorporación o exclusión de personas de la encuesta.
- Cambio de domicilio en el mismo municipio o por cambio de municipio.
- Por inconformidad con la información registrada.
- Cambio de información en alguna de las secciones de la encuesta: vivienda, hogar, personas, salud, atención a menores, educación, ocupación e ingresos.