El arriendo es una de las modalidades de alquiler de vivienda más frecuentes y comunes en Colombia. En esta, un propietario de una vivienda o inmueble, cede el uso temporal del bien, como vivienda, edificio, vehículo, u otro tipo de bien. En el acuerdo se establece la cuota mensual que deberán pagar, además de otros gastos y responsabilidades que tendrán que asumir.

Sin embargo, aunque parezca irreal o poco probable, lo cierto es que hay una alternativa en la que el arrendador de un inmueble puede apropiarse del mismo si cumple con algunos factores.

Debe cumplir varios factores. Foto: ADOBE STOCK

Lo primero y más importante que debe saber es que para que un inquilino pueda declararse dueño de un inmueble, deben pasar al menos 10 años y debe darse el abandono del mismo por parte del propietario, según la ley.

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Sin embargo, esto no es un proceso sencillo. De acuerdo con Juan Felipe Sicua, abogado y asesor del Consultorio Jurídico de la Universidad del Rosario, indica que aunque hay una alternativa, la Ley 820 de 2003 y a la Sentencia SC10189-2016 salvaguardan a los arrendadores en este caso.

Es decir, es importante que se den varios escenarios para que un inquilino pueda apropiarse de un bien inmueble, por ello es importante comprender los contratos de arrendamiento y los posibles escenarios en que se podrían transformar.

Hay varias sentencias que se deben tener en cuenta. Foto: Montaje: El País

“Se requiere como primer requisito que el arrendatario desconozca la calidad del arrendador, lo cual configura en la ejecución de actos encaminados a ejercer la posesión pública, pacífica e interrumpida, con el fin de que mediante la prescripción extraordinaria del dominio se adquiera la pertenencia, siempre y cuando, hayan transcurrido 10 años”, indica.

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Es decir, que el arrendatario deje en abandono por largo tiempo el inmueble, que incluiría dejar en manos del arrendamiento todas aquellas obligaciones y responsabilidades inherentes que como dueño de un bien inmueble se tienen frente a terceros y al Estado.

Esto es lo que debe saber sobre el arriendo. Foto: iStock

“Para la adjudicación de un bien inmueble que no es suyo, no solamente debe tener el ánimo de adueñarse de él, requiere una transformación de su calidad acompañada de pruebas y el paso de tiempo a través de un proceso judicial que en aras del derecho al debido proceso llamará al propietario para que ejerza su defensa”, indicó.