La propuesta de decreto que el Ministerio de Hacienda publicó para comentarios del público —plazo que estará abierto hasta el 10 de febrero— consta de apenas dos artículos y busca cerrar el capítulo que se abrió cuando se intentó imponer una carga tributaria que habría terminado afectando a las billeteras digitales (Nequi, Daviplata y dale!) y a Bre-B, el sistema de pagos instantáneos del Banco de la República.
En medio de la polémica suscitada en ese momento, la decisión fue unificar, pero no generalizando la retención en la fuente de 1,5 % a las transacciones, lo que desestimularía la inclusión financiera, sino quitando a todos el peso del impuesto.
Estos son los dos artículos
En la primera parte se propone la modificación del artículo que contiene la norma, referente a la retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta en los pagos con tarjetas de crédito y/o débito. “Los pagos o abonos en cuenta realizados a través de tarjetas de crédito y/o débito, susceptibles de constituir ingreso tributario para los contribuyentes del impuesto sobre la renta por concepto de venta de bienes o servicios, no están sometidos a retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta”.
La propuesta de decreto también tiene un parágrafo en el cual se explica que, “cuando los pagos o abonos en cuenta a que se refiere este artículo correspondan a compras de bienes o servicios para los cuales disposiciones especiales establezcan tarifas de retención en la fuente aplicables superiores al cero por ciento (0 %), con independencia del medio de pago, se aplicarán las tarifas previstas en cada caso por tales disposiciones y los agentes de retención que realicen el pago o abono en cuenta deberán practicar la retención respectiva”.
Otro de los temas que expone el proyecto de decreto es que, cuando los pagos o abonos en cuenta incorporen el valor de otros impuestos, tasas y contribuciones, diferentes del impuesto sobre las ventas, para calcular la base de retención “se descontará el valor de los impuestos, tasas y contribuciones incorporados, siempre que los beneficiarios de dichos pagos o abonos tengan la calidad de responsables o recaudadores de los mismos. También se descontará de la base el valor de las propinas incluidas en las sumas a pagar”.
Entre tanto, el otro artículo del proyecto de decreto se refiere a vigencias y derogatorias.