La entidad bancaria con domicilio en Lima, Perú, y sus agencias internacionales constituidas en Panamá y Miami podrán, a través de la oficina de representación podrán realizar actos de promoción o publicidad de los productos y servicios financieros en Colombia.La solicitud se realizó el 22 de febrero de este año y la Superfinanciera aprobó el establecimiento en el país teniendo en cuenta que el banco cuenta con autorización de funcionamiento otorgada por la Superintendencia de Bancos, Seguros y AFP del Perú, y la licencia internacional otorgada por la Superintendencia de Bancos de Panamá al BCP, la cual lo autoriza para dirigir desde una oficina establecida en Panamá, transacciones que se perfeccionen, consuman o surtan en el exterior, y a realizar aquellas otras actividades que la Superintendencia de Bancos autorice”.A su turno, el BCP tiene licencia para operar una agencia internacional de banca en el estado de Florida concedida por la División de Instituciones Financieras de la Florida –OFR- (Florida Office of Financial Regulation).La entidad de supervisión recordó que la actividad en Colombia de las oficinas de representación de organismos financieros del exterior se limita exclusivamente a promover o publicitar los productos y servicios que constituyen el objeto social de la entidad financiera.Los productos y servicios que serán objeto de promoción y publicidad por parte del BCP y sus agencias en Panamá y Miami, en Colombia a través de la oficina de representación, son los siguientes: a) Recibir depósitos a la vistab) Recibir depósitos a plazo y de ahorros, así como en custodiac) Otorgar sobregiros o avances en cuentas corrientesd) Otorgar créditos directos, con o sin garantíae) Descontar y conceder adelantos sobre letras de cambio, pagarés y otros documentos comprobatorios de deudaf) Conceder préstamos hipotecarios y prendarios y, en relación con ellos, emitir títulos valores, instrumentos hipotecarios y prendariosg) Otorgar avales, fianzas y otras garantías, inclusive en favor de otras empresas del sistema financieroh) Emitir, avisar, confirmar y negociar cartas de crédito, a la vista o a plazo, de acuerdo con los usos internacionales y, en general, canalizar operaciones de comercio exteriori) Actuar en sindicación con otras empresas del sistema financiero y de seguros autorizadas a operar en el Perú o sus respectivas subsidiarias, para otorgar créditos y garantías, bajo las responsabilidades que se contemplen en el convenio respectivoj) Adquirir y negociar certificados de depósito emitidos por empresas del sistema financiero y de seguros autorizadas a operar en el Perú, o por sus subsidiarias, instrumentos hipotecarios, warrants y letras de cambio provenientes de transacciones comercialesk) Realizar operaciones de factoringl) Realizar operaciones de crédito así como efectuar depósitosm) Aceptar letras de cambio a plazo, originadas en transacciones comercialesn) Efectuar operaciones con commodities y con productos financieros derivados, tales como forwards, futuros, swaps, opciones, derivados crediticios u otros instrumentos o contratos de derivadoso) Comprar, conservar y vender bonos y otros títulos emitidos por organismos multilaterales de crédito de los que Perú sea miembrop) Operar en moneda extranjeraq) Emitir certificados bancarios en moneda extranjera y efectuar cambios internacionalesr) Servir de agente financiero para la colocación y la inversión en Perú de recursos externoss) Celebrar contratos de compra o de venta de carterat) Realizar operaciones de financiamiento estructurado y participar en procesos de titularización, sujetándose a lo dispuesto en la Ley del Mercado de Valores de Perúy) Efectuar cobros, pagos y transferencias de fondos, así como emitir giros contra sus propias oficinas y/o bancos corresponsalesw) Emitir cheques de gerencia; x) Emitir órdenes de pago; y) Emitir cheques de viajero; z) Recibir valores, documentos y objetos en custodia, así como dar en alquiler cajas de seguridad; aa) Expedir y administrar tarjetas de crédito y de débito; bb) Realizar operaciones de arrendamiento financiero; cc) Promover operaciones de comercio exterior así como prestar asesoría integral en esa materia; dd) Prestar servicios de asesoría financiera sin que ello implique manejo de dinero de sus clientes o de portafolios de inversiones por cuenta de éstos; ee) (…) ff) Otorgar créditos pignoraticios con alhajas u otros objetos de oro y plata; gg) Actuar como originadores en procesos de titularización mediante la transferencia de bienes muebles, inmuebles, créditos y/o dinero, pudiendo constituir sociedades de propósito especial; y hh) Todas las demás operaciones y servicios, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones del Perú mediante normas de carácter general, con opinión previa del Banco Central de Reserva del Perú.