Los impuestos agobian. Muchos ciudadanos en la capital del país no han podido ponerse al día con sus obligaciones tributarias y lo mismo sucede con las multas de tránsito.
Por esa razón, en el Acuerdo 816 de Rescate Social y Económico, aprobado por el Concejo y sancionado por la alcaldesa de Bogotá, Claudia López, está a la orden del día un paquete de alivios que podrán utilizar los ciudadanos, los cuales, en general, aplican hasta diciembre.
Con los impuestos
De acuerdo con la información de la Secretaría de Hacienda, los deudores de obligaciones tributarias, es decir, los contribuyentes, los responsables, los agentes retenedores, los garantes y deudores solidarios con registro en cartera (titulo ejecutivo), serán exonerados del 100% de los intereses y sanciones causados si pagan la totalidad del capital adeudado a más tardar el 15 de diciembre de 2021.
La entidad distrital enfatiza en que el alivio cobija también a los deudores con facilidad de pago vigente y que presenten mora.
Un punto en el que hizo énfasis la Secretaría de Hacienda es que los alivios aplican para los deudores de impuestos como el predial, para las vigencias 2020 y 2021.
En el caso del impuesto de vehículos, la gabela aplica para los que tienen que pagar su obligación por el año 2020. En cuando al ICA, el alivio corresponde al año 2020, en los periodos del 1 al 6, y para 2021, por los periodos 1 y 2.
En lo que tiene que ver con la retención en la fuente por el ICA, se refiere al año 2020, periodos del 1 al 6, y 2021, en los periodos 1 al 3.
Con deudas no tributarias
En la normativa que fue aprobada en el Concejo también se incluyeron beneficios para todos aquellos ciudadanos que tienen deudas pendientes por multas, sanciones y similares, distintas al componente tributario.
En ese sentido, de acuerdo con lo establecido en la norma, “los establecimientos públicos y las alcaldías locales podrá acceder a un descuento del 60% del capital y el 100% de los intereses, siempre y cuando cancele el 40% restante del total de la deuda hasta el 15 de diciembre de 2021”.
Lo que señala la Secretaría de Hacienda del Distrito es que, para las personas que deseen acceder a los beneficios con deudas no tributarias, la indicación es ingresar a la página radicacion_virtual@shd.gov.co
En el paquete de alivios no tributarios se incluyen obligaciones por Código de Policía; Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana; Contravención Urbana; Requisitos establecimientos de comercio; Costas Procesales y sentencias judiciales; Disciplinarios; Normas Ambientales; Reintegros; Vigilancia proyectos de construcción; Incapacidades y licencias laborales; Comparendo ambiental, y Tasas ambientales.
¿Y si le debo al tránsito?
En el caso de que la deuda con el Distrito sea por multas de tránsito, la administración de Claudia López invita a ingresar a la página web https://consultas.transitobogota.gov.co:8010/publico/index3.php
En todo caso, los ciudadanos deben saber que en la reforma tributaria 2021 se aprobó un artículo que tiene ‘gabelas’ para los deudores de multas de tránsito.
En ese contexto, solo se excluirán los morosos que tengan infracciones cometidas en estado de embriaguez o uso de sustancias sicoactivas.
Podrán ser excluidos hasta del 80% del valor de la multa y sin pagar intereses, dependiendo del momento en el que efectúen el pago.