La Sala Plena de la Corte Constitucional abrió un incidente de impacto fiscal para evaluar la sentencia con la que tumbó el artículo de la reforma tributaria, el cual prohibía una deducción de regalías de la base gravable del impuesto de renta de las empresas que se dedican a la exploración y explotación de hidrocarburos. El alto tribunal está dispuesto a revisar las repercusiones de su decisión, que según el Gobierno nacional afectaría las finanzas públicas.

Con el fallo de la Corte, que en el Gobierno nacional no cayó bien, las empresas petroleras y mineras lograron evadir el pago de millonarios impuestos que le iban a representar al país 6,6 billones de pesos en 2024. Antes de caerse, este artículo representó más de 4 billones de pesos en ingresos.

Ahora, por solicitud del Ministerio de Hacienda, en cabeza de Ricardo Bonilla, la Corte abre la puerta a revisar la decisión.

Por orden del alto tribunal, la cartera tiene 30 días hábiles para sustentar el accidente de impacto fiscal. Existe la posibilidad de que, de no cumplir con los tiempos, la Corte Constitucional declare desierto el incidente.

El argumento central del Gobierno nacional es que el fallo impide que el Estado colombiano reciba más de 27 billones de pesos en diez años. Con esto buscarán recuperar un eje central de la reforma tributaria, con el fin de completar el recaudo proyectado.

Precisamente, el pasado jueves, el Ministerio de Minas y Energía le pidió a la Corte Constitucional anular el fallo que tumbó el artículo. Anteriormente, la Dian le envió al alto tribunal una solicitud de aclaración y adición de la sentencia con el fin de flexibilizar la prohibición.

En su momento, el presidente Gustavo Petro rechazó con fuerza la decisión de la Corte Constitucional de tumbar el artículo.

“Cuando la Corte vuelve el derecho del pueblo, una deducción del impuesto de renta del particular, le regala impuestos a gente muy poderosa económicamente y produce una profunda injusticia social; vuelve inocuo el derecho del pueblo a su propiedad. Es una verdadera expropiación de un bien nacional que se convierte de facto en un bien particular, y no de cualquier particular: los más poderosos del mundo. Un verdadero retroceso hacia el fortalecimiento de la economía fósil, de la que la humanidad debe escapar para sobrevivir, y un debilitamiento del Estado para hacer la transición energética”, dijo el mandatario en noviembre del año pasado.

José Antonio Ocampo, exministro de Hacienda, tampoco compartió la modificación a la reforma tributaria que diseñó: “Las regalías no son un costo de producción, sino la participación del Estado en las utilidades que se generan al explotar un recurso natural. Es decir, son equivalentes a un dividendo, que no es deducible como costo en el impuesto de renta”.

Gustavo Petro. | Foto: GUILLERMO TORRES

Por otro lado, la Asociación Colombiana de Minería celebró la decisión, que ahora entra a ser revisada.

“Con esta determinación se elimina una restricción inequitativa que desborda la capacidad contributiva de una industria que, antes de la reforma, ya contaba con la mayor tasa efectiva de tributación del país. De esta manera, el alto tribunal protege principios constitucionales como la primacía del interés general, la igualdad, la justicia y la equidad”, señaló Juan Camilo Nariño, presidente del gremio.