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LA CONSTITUCION VENEZOLANA

17 de enero de 2000

En la edición #918, columna 'Opinión' de María Isabel Rueda, bajo el nombre 'Papá Noel', su
colaboradora se aterra por el artículo 86 de la nueva Constitución venezolana que textualmente reza:
"Toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de carácter no lucrativo, que garantice
la salud y asegure protección en contingencias de maternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades
catastróficas, discapacidad, necesidades especiales, riesgos laborales, pérdida de empleo, vejez, viudedad,
orfandad, vivienda, cargas derivadas de la vida familiar, y cualquier otras circunstancias de previsión
social". Y presagia una catástrofe económica del vecino país. Ojalá en Colombia tuviéramos una catástrofe
económica generada por brindar estos beneficios a los conciudadanos y no como lo estamos viviendo, por la
corrupción, el desgreño y despilfarro administrativo, y las exageradas prebendas que decretan para sí
mismos nuestros padres de la patria. Gilberto Silva Jr Ibagué

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