Confidenciales

Juez ordena tres días de arresto para exdirector de la ANT en medio de caso de presunto despojo de tierras en Vegachí

El tribunal también le impuso una multa de tres salarios mínimos por incumplir la orden que protegió el debido proceso de los afectados.

GoogleSiga los últimos detalles de la política en Discover, lo que solo acá puede saber

24 de agosto de 2026 a las 4:11 p. m.
Juan Felipe Harman Ortiz, exdirector de la Agencia Nacional de Tierras.
Juan Felipe Harman Ortiz, exdirector de la Agencia Nacional de Tierras. Foto: esteban vega la-rotta-semana

Juan Felipe Harman, director de la Agencia Nacional de Tierras (ANT), fue sancionado por incumplir el fallo de tutela que protegió el debido proceso de cuatro campesinos de Vegachí, Antioquia.

El Juzgado Promiscuo del Circuito de Yolombó concluyó que la entidad no acreditó el cumplimiento integral de la orden judicial y le impuso tres días de arresto y una multa equivalente a tres salarios mínimos.

SEMANA reveló que un grupo de campesinos denunciaron que la ANT abrió un procedimiento para recuperar como baldío el predio El Jardín sin notificarlos personalmente y cuando ya se habían adelantado actuaciones relevantes, pese a que ellos son propietarios de dichas tierras.

El 29 de abril, el Tribunal Superior de Antioquia revocó una decisión de primera instancia, amparó el derecho al debido proceso de los campesinos y ordenó dejar sin efectos las actuaciones adelantadas.

¿La ANT está confiscando predios? Campesinos de Vegachí luchan por no perder sus fincas

También exigió repetir la notificación por un medio que garantizara su conocimiento real, oportuno y efectivo. Ante la falta de cumplimiento, los afectados promovieron un incidente de desacato.

La ANT solicitó la modulación de los términos, pero no se ha podido evidenciar si efectivamente se cumplió con lo ordenado.

“En consecuencia, la solicitud de modulación no modificó ni suspendió la orden impartida en la sentencia de tutela, por lo que corresponde a este despacho verificar, dentro del presente trámite, si la entidad accionada ha dado cumplimiento a lo ordenado y si existe responsabilidad por el presunto incumplimiento”, indicó el fallo.