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Pila de billetes de 100 mil pesos colombianos/Imagen de referencia | Foto: Getty Images/iStockphoto

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La SIC impone multa a Mercado Libre en Colombia; un error bastó para la sanción

También le ordenó a esa compañía llevar a cabo un curso.

28 de julio de 2022

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso una multa de 25.082.640 de pesos a Mercado Libre en Colombia debido a un error que tuvo un empleado de la compañía, que terminó exponiendo los datos de algunos clientes.

El incidente ocurrió el 29 de agosto de 2019. Ese día, el empleado envió un correo promocional a varios clientes, omitiendo hacerlo con copia oculta, razón por la que quedaron visibles los correos electrónicos de los destinatarios.

Por lo tanto, en el mensaje quedaron expuestos los nombres y apellidos de los destinatarios, es decir, eran visibles algunos datos que son personales.

Mercado Libre ha permitido que los correos electrónicos de sus usuarios se hayan filtrado y hayan sido robados, luego muchos vendedores y compradores recibieron correos haciéndose (sic) pasar como Mercado Libre y por medio de estos los están estafando”, indicó el auto de la Superintendencia de Industria y Comercio.

Por lo tanto, Mercado Libre también deberá llevar a cabo un curso de formación de datos personales con énfasis en la detección, mitigación, tratamiento y prevención de los riesgos de seguridad, todo con el objetivo de que casos como el citado anteriormente no vuelvan a suceder.

Recientemente, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) también sancionó a la Organización Roa-Flor Huila (ORF) y a tres personas naturales con multas de un valor de 20.514.597.205 pesos colombianos, por incumplir instrucciones y requerimientos de información y obstruir la visita administrativa realizada por esa autoridad en las instalaciones de su planta en el municipio de Villanueva (Casanare).

El ente de control encontró que al interior de la compañía productora de arroz hubo direccionamientos a través de instrucciones y directrices impartidas a los empleados de la empresa, para incumplir las órdenes y requerimientos de información solicitados por la autoridad durante la visita administrativa.

Dichas omisiones se vieron evidenciadas en estas conductas: la compañía incumplió el requerimiento de suministrar la información de los correos electrónicos institucionales asignados dentro de la empresa al jefe y al gerente de la planta de Villanueva de ORF para el desarrollo de las funciones a su cargo, obstaculizando así el desarrollo de la actuación administrativa adelantada por esta autoridad.

Por si fuera poco, para conseguir obstruir la visita, la compañía expuso circunstancias como que “la información no podía ser suministrada sin la autorización de sus superiores”, o que era necesario un requerimiento por escrito por parte de la Superintendencia dirigido a la gerencia de ORF.

Por otra parte, se demostró también que la renuencia de la compañía provino de instrucciones impartidas por la gerente administrativa y financiera de ORF desde la sede administrativa de la empresa en Bogotá.

Por consiguiente, estas situaciones obstaculizaron injustificadamente el ejercicio de las funciones de la autoridad y obstruyeron la actuación administrativa que se adelantaba.