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Reforma tributaria

Reforma tributaria pasa a sanción presidencial

En la conciliación de los textos aprobados en las plenarias del Senado y Cámara de Representantes de decidió que el IVA de 19% entrará a regir a partir del 1 de febrero de 2017.

28 de diciembre de 2016

La modificación más notoria dentro de la conciliación de la reforma tributaria se dio en la aplicación del IVA de 19% para la mayoría de bienes, productos, alimentos y servicios que consumen todos los colombianos. El texto completo de la que será Ley de la República está disponible en este enlace

El ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, dio un mes de plazo para que los almacenes etiqueten sus productos con este incremento. Así las cosas, a partir del 1 de febrero de 2017, buena parte de lo que consumen las personas verán un aumento del IVA de tres puntos porcentuales, tal como fue aprobado en la Ley que presentó el Gobierno. 

De otro lado, el IVA para los aceites quedó en 19%, frente al 5% que se buscaba en la conciliación de textos de Senado y Cámara de Representantes. También se aprobó la cárcel para los evasores fiscales, con penas de prisión entre 4 hasta 9 años. Ahora, solo queda faltando la sanción del presidente Juan Manuel Santos para que la reforma tributaria que presentó el gobierno se convierta en una Ley de la República. Si se presentan demandas a esta Ley, será la Corte Constitucional la encargada de estudiarlas. De lo contrario, serán rechazadas y la reforma entrará a regir a partir del 1 de enero de 2017, como está propuesto en el texto acordado por las dos corporaciones legislativas.

De acuerdo con un informe del portal de noticias www.articulo20.com.co, en el Senado se aprobaron sin modificaciones 321 artículos de los 348 presentados para discusión en la reforma tributaria. En esta corporación, la aprobación sin modificaciones de los textos llegó a un 92%, mientras que 27 artículos fueron reformulados y tan solo uno (el artículo 93) fue eliminado.

Mejor suerte tuvo el proyecto en la Cámara de Representantes, donde se aprobaron sin modificaciones 337 artículos puestos a consideración de la corporación, es decir que el 95% del texto no presentó cambios. Tan solo 17 artículos fueron transformados frente a su versión original y ninguno fue eliminado.

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Por capítulos, estos fueron los principales cambios al sistema tributario actual.

En personas naturales

  • El principal es el aumento del IVA al 19%, que afecta a la mayoría de bienes, servicios y productos que consumen todos los colombianos y que limita la capacidad de compra de los estratos económicos que tienen menor disponibilidad de recursos. La clase media se verá afectada porque tendrá que recortar algunos gastos ocasionales, como viajes, salidas a comer, cine, compra de elementos tecnológicos, vehículos, televisores y otros electrodomésticos, por el encarecimiento de estos bienes.
  • Toallas higiénicas: se les cambió el IVA que tenían que pagar de 19% a una tarifa de 5%. Estos productos salieron favorecidos tras la conciliación de los textos aprobados en la reforma tributaria.
  • Aceites: deberán tributar con IVA de 19%. La propuesta en la conciliación era dejarlo con 5% de IVA, pero al final, el Gobierno no acogió esta medida. 
  • Trabajadores independientes no tendrán que pagar de manera adelantada sus aportes a salud, pensión y riesgos laborales. En el sistema actual, cuando tenían contratos con tres o seis meses de duración, y la cuenta de cobro se pasaba al término del contrato, estos empleados bajo la figura de prestación de servicios tenían que sacar de su bolsillo por el tiempo de duración del contrato para estar al día con estos pagos. La reforma introdujo un cambio al artículo 15 y ahora se les podrá descontar la seguridad social al término del contrato, cuando reciban sus honorarios.
  • Los asalariados con ingresos mensuales superiores a $3.400.000 deberán presentar su declaración de renta.
  • Motos con cilindraje superior a 200 c.c. tendrán a su cargo un impuesto al consumo de 8% sobre su valor. La propuesta era que ese impuesto aplicara a las máquinas con más de 180 c.c.
  • No se acogió la propuesta de reducir del 12% al 4% los aportes a la salud que hacen los pensionados. A cambio de no ser incluida, el ministro Cárdenas se comprometió a impulsar un proyecto de ley al que le falta un debate en el Congreso de la República relacionado con una rebaja a los aportes a la seguridad social que hacen los pensionados. 

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Los impuestos ‘hormiga’

  • Son aquellos gastos ‘pequeños’ pero que generarán un gran recaudo.
  • Por ejemplo, se aprobó un impuesto a las bolsas plásticas que llegará a $50 por unidad y que será aplicado de manera gradual.
  • El impuesto a los cigarrillos se aplicará de manera gradual y llegará a $2.100.
  • A la gasolina extra o corriente se cobrará $135 de impuesto por galón.
  • Los pequeños comercios pagarán un monotributo voluntario mensual, para locales que funcionen en espacios desde 50m2.

Otros impuestos

  • Los planes de celular inferiores a $44.629 no tendrán IVA. Los que superen ese monto pagarán un impuesto al consumo de 4% 
  • Los celulares y tablets cuyos precios no superen las 22 UVT tendrán exención de IVA.
  • Las bicicletas cuyo valor no excedan los 1,5 millones de pesos se les reducirá el IVA del 19% actual a un 5%, con lo cual se les reducirá su costo. 

Para las empresas

  • La tarifa general en renta quedó en 33%.
  • Empresas editoriales y hoteles que hayan hecho inversiones antes del 31 de diciembre de 2016 tendrán una tarifa de renta de 9%. Las empresas creadas bajo la ley 1429 de 2010 (que buscó mejorar la formalización laboral) también tendrán tratamiento diferencial.
  • Desaparece el impuesto a la riqueza. Empresas con ingresos mayores de $800 millones tendrán que pagar la sobretasa al impuesto de renta durante 2017 y 2018.
  • Usuarios de zonas francas pagarán un impuesto de renta de 20%.