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Los términos de prescripción se vencieron solo un día antes de ser radicado el escrito con la demanda de nulidad. | Foto: Archivo particular

SANCIÓN

El descuido que le podría costar a Bavaria $56.000 millones

Un fallo del Consejo de Estado ratifica la sanción que le impuso el departamento de Atlántico a la cervecera por no declarar la estampilla pro hospital universitario.

3 de diciembre de 2015

Un descuido de sus asesores jurídicos le podría salir muy caro a Bavaria. Más exactamente, 56.000 millones de pesos que deberá cancelar como multa al departamento de Atlántico. Lo curioso del asunto es que la multinacional cervecera no impugnó la sanción en el tiempo debido y deberá pagar, según lo advierte un fallo del Consejo de Estado.

La Sección Primera del alto tribunal le negó una acción de tutela a la empresa, a través de la que buscaba poder interponer recursos judiciales contra la onerosa multa. Según la corporación, cuando la empresa intentó interponer las acciones de ley, ya había vencido su oportunidad para exigir que se revocara la sanción por la vía judicial.

En el 2011, la Secretaría de Hacienda de Atlántico le impuso dicha sanción por encontrar que no declaró la estampilla pro hospital universitario durante cinco de los seis bimestres del 2009.

A pesar de que Bavaria trató de convencer a la administración de que se abstuviera de hacer efectivo semejante castigo, esta se negó a hacerlo. El departamento no accedió al recurso de reconsideración al que acudió la empresa sancionada, lo que la obligó a invocar el amparo de los estamentos judiciales.

Aunque desde noviembre del 2012 la cervecera acudió a la Procuraduría para expresar su intención de demandar, el paro judicial que se vivía por esa época provocó que el escrito con la demanda fuera radicado ante el juez contencioso hasta el 12 de diciembre de ese año.

Al estudiar el recurso, el Tribunal Administrativo del Atlántico decidió no admitirlo, por vencimiento de términos. En segunda instancia, la Sección Cuarta del Consejo de Estado llegó a la misma conclusión, al determinar que en la fecha en la cual se interpuso la acción judicial ya se habían cumplido los cuatro meses que la ley ofrece para atacar la legalidad de los actos de la administración.

Por eso, Bavaria interpuso una acción de tutela, para insistir en su alegato. A su juicio, el juez no tuvo en cuenta los días en los cuales había paro judicial. De haberlo hecho, hubiera establecido que la acción se interpuso dentro de los términos de ley, insistía el accionante.

La Sección Primera del Consejo de Estado no opinó lo mismo. Negó la tutela, ratificando la decisión de sus pares en la Sección Cuarta, que habían declarado la caducidad del caso, ratificando la sanción por 56.000 millones de pesos.

Sólo por un día


Lo más desconcertante del caso es que, según los cálculos del tribunal, los términos de prescripción se vencieron sólo un día antes de ser radicado el escrito con la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho.

En términos absolutos, el plazo vencía el 14 de noviembre del 2012, cuando los trabajadores de la Rama Judicial protagonizaban un cese de actividades. Dado que la protesta laboral se levantó hasta el 10 de diciembre, los términos se extendían hasta el día siguiente, el 11 de diciembre.

Sin embargo, el Consejo de Estado explicó que la demanda se presentó el 12 de diciembre, 24 horas después de acaecido el fenómeno de la prescripción.

Y aunque Bavaria haya acudido a la Procuraduría previamente, eso no la libraba del deber de interponer el recurso a su debido tiempo y ante la autoridad competente, que era el juez, sentenció la corporación.

Semana.com habló con fuentes de la empresa para pedirles su opinión sobre lo sucedido. Dicen que estarán dispuestos a seguir librando la pelea y que por eso le pedirán a la Corte Constitucional que escoja para revisión el caso.

Para ellos, no sería justo tener que pagar una sanción derivada del cobro de un impuesto que consideran ilegal. Lo califican de esa manera, porque consideran que el cobro de esta estampilla está amparado en una ordenanza fue declarada ilegal.

De hecho, recordaron cómo en el 2001 el Consejo de Estado declaró nula la disposición que dio lugar al cobro del impuesto. Con todo y eso, afirman, el departamento expidió un nuevo acto administrativo en el que revivió la misma estampilla. Por eso Bavaria no canceló esa obligación. Además el mismo alto tribunal anuló la misma ordenanza en el 2014.

A juicio de la empresa, la prueba de que la razón está de su lado son los 14 procesos judiciales en los cuales se ha decretado la nulidad en el cobro de los impuestos.

Lamentablemente para sus intereses, en este caso, hubo un descuido de los apoderados, que les podría hacer perder miles de millones de pesos. Por eso esperan que la Corte Constitucional valore de manera distinta el caso y no los obligue a pagar la costosa multa.