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Comunidades indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta | Foto: JUAN CARLOS SIERRA. REVISTA-SEMANA.

COSTA CARIBE

El enredo por la delimitación de 'línea negra' de las comunidades de la Sierra

La Corte Constitucional estudiará este jueves un decreto del Gobierno anterior expedido para proteger 348 sitios sagrados de los pueblos indígenas de la Sierra Nevada, cuya aplicación paralizaría el desarrollo de tres departamentos. Hasta para hacer el Festival Vallenato habría que tramitar consulta previa.

18 de agosto de 2019

La preocupación de la Corte Constitucional por proteger los territorios sagrados de los pueblos indígenas de la Sierra Nevada tiene ahora a los propios magistrados buscando una fórmula para no paralizar el norte del país. Con el fin de dar cumplimiento a dos sentencias judiciales de la misma Corte, un día antes de terminar el segundo gobierno de Juan Manuel Santos este expidió un confuso decreto que pretendía dar respuesta al clamor histórico de los pueblos indígenas arhuacos, koguis, kankuamos y wiwas de proteger sus territorios ancestrales.

Territorios sagrados de las comunidades indígenas de la Sierra

Las comunidades nativas se refieren a esos territorios como “la línea negra”, y los definen como una especie de tejido físico y espiritual por medio del cual logran establecer su conexión con la naturaleza. Los entonces ministros del Interior, Guillermo Rivera; de Medio Ambiente, Luis Gilberto Murillo, y de Cultura, Mariana Garcés, redefinieron el territorio ancestral. Así, ampliaron los puntos sagrados, que de 54 pasaron a 348 en La Guajira, Magdalena y Cesar.

Fuente: Decreto 1500 DEL 2018

El lío es que el Decreto presidencial 1500 del 6 de agosto de 2018 dispone que sobre “la totalidad de este territorio”, y “no únicamente sobre los lugares aislados”, se extiende una protección especial, que obliga a consultar cualquier intervención en esa geografía con las comunidades de la sierra. Es decir, más allá de cobijar 348 lugares determinados, el decreto establece un perímetro sagrado en el que entran ciudades, resguardos, fincas, parques nacionales, pueblos, ríos y hasta parte del mar. Todo ello disperso en tres departamentos.

La directriz presidencial había pasado sin pena ni gloria. Pero ahora los magistrados de la Corte Constitucional estudian dos tutelas de las comunidades de la sierra que piden frenar un centenar de títulos mineros otorgados sin consulta previa en la zona de incidencia. En las mismas solicitudes, sugieren suspender el proceso de adjudicación de más de 300 licencias. Y se apoyan, como su argumento central, en el decreto presidencial que reconoce y protege el territorio ancestral ampliado.

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La discusión apenas ha tocado las puertas de la Sala Plena de la corte y ya tiene en estado de alarma a quienes están estudiando el tema. Para varios juristas, en una interpretación literal del decreto habría que agotar el requisito de consulta previa para construir desde una casa hasta una megaobra de infraestructura en los tres departamentos o los 25 municipios incluidos en la línea negra. Con el agravante de que este territorio protegido incluye áreas urbanas de ciudades como Santa Marta o Valledupar, y destinos de gran potencial turístico como las playas de Taganga, el Rodadero o Palomino.

Por primera vez se intenta aplicar el decreto y como no existe hasta ahora una revisión judicial del mismo, la Corte Constitucional deberá darle alcance mediante estas dos tutelas.

Hace dos semanas, el magistrado José Fernando Reyes presentó su ponencia frente a este asunto que tiene implicaciones monumentales. Pero antes de iniciar la compleja discusión, saltó un impedimento.

La magistrada Cristina Pardo pidió retirarse del debate por haber participado en las negociaciones con las comunidades indígenas cuando fue secretaria jurídica de Palacio, en el Gobierno anterior. Eso hizo aplazar la espinosa discusión para la semana entrante. Entre tanto, los otros ocho despachos en el Palacio de Justicia trabajan en buscar este jueves salidas a una eventual crisis que generaría la aplicación llana y simple del decreto.

El lío es que el Decreto presidencial 1500 del 6 de agosto de 2018 dispone que sobre “la totalidad de este territorio”, y “no únicamente sobre los lugares aislados”, se extiende una protección especial, que obliga a consultar cualquier intervención en esa geografía con las comunidades de la sierra.

En agosto, cuando salió la norma, la presidenta de Camacol, Sandra Forero, anticipó que “cualquier proyecto productivo, y no solamente de construcción, iba a quedar en una nebulosa”. En una carta firmada por 21 representantes de gremios petroleros, mineros y de construcción, estos advirtieron a Juan Manuel Santos sus preocupaciones sobre los efectos que el decreto podría tener sobre la propiedad privada y los proyectos en curso. Un panorama similar comienza a advertirse por los pasillos de la corte.

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Según exfuncionarios del Gobierno anterior, el decreto caracteriza espacios sagrados terrestres, litorales y marinos del sistema expresado en la línea negra. No obstante, sostienen que el documento no afirma que estos constituyan un polígono. Los orígenes de la existencia de la línea negra en Colombia datan de 1973, cuando se definió que se trataba de “límites y puntos”. Se puede deducir, a partir de resoluciones de esa fecha –afirman–, que delimita en realidad “una serie de hitos periféricos, no un polígono”.

Ponencia enredada por los derechos de los pueblos indígenas

La ponencia del magistrado Reyes propone tutelar los derechos de las comunidades indígenas y, en consecuencia, detener la adjudicación de licencias mientras no haya un protocolo para cumplir el requisito de consulta previa concertado entre el Gobierno y las comunidades.

“Es una obligación del Estado colombiano y un derecho fundamental de las comunidades étnicas el ser consultadas cuando proyectos de exploración y explotación puedan afectar áreas sagradas de especial importancia ritual y cultural para la comunidad, incluso si se trata de resguardos titularizados”, dice el proyecto.

Pero sus colegas prevén que el tema de fondo va mucho más allá, pues la decisión de aplicar el decreto podría implicar la parálisis completa en la costa. Ni siquiera los mismos voceros de las comunidades indígenas buscaban ese resultado, ya que no estarían en capacidad de concurrir “libremente y de manera informada” a 100, 200, 300 consultas. Al contrario, piden que se llegue a un acuerdo político “que permita definir un protocolo de consulta previa, que contenga los criterios de los proyectos sometidos a esta y que defina unos mecanismos de participación y concertación”.

Voceros de las comunidades reconocen que no podrían concurrir de manera informada a 200 o 300 consultas previas.

Mientras el debate minero avanza, el sector energético se ha declarado en alerta por la situación. Advierten que la aplicación del decreto podría entrabar proyectos para generar energía en el país y mejorar el Sistema Interconectado Nacional (SIN). De hecho, quedaría partido en dos el plan bandera del Gobierno de llevar al interior de Colombia energía renovable generada desde parques eólicos de La Guajira. Todo porque para enlazar las plantas generadoras con la red nacional hay que establecer una conexión que cruzaría la línea negra.

A estas alturas, hay varios puntos de partida claros. Primero, no existe una delimitación certera y oficial de los territorios comprendidos en la línea negra. El decreto ordena que el Instituto Geológico Agustín Codazzi delimite e incorpore la línea negra en la cartografía oficial. Pero ante la Corte Constitucional, la entidad no reconoce su competencia en esta delimitación del territorio ancestral que tiene aspectos de orden temático, cultural y sagrado.

Cuando estaban concertando el decreto, el Consejo Territorial de Cabildos y el Ministerio del Interior adelantaron un mapa no oficial (ver gráfico). No obstante, la inexistencia de una delimitación geográfica exacta genera más incertidumbre entre empresarios, inversionistas y gremios.

En segundo lugar, no se puede desconocer que la Sierra Nevada es un ecosistema frágil que hay que preservar, pues allí habitan pueblos ancestrales de gran vulnerabilidad. Pero los Gobiernos han sido incapaces de diseñar, reglamentar y poner en marcha un mecanismo único de consulta previa, que asegure la viabilidad de los proyectos necesarios para el desarrollo económico y social del país, que garantice los derechos fundamentales de minorías étnicas y comunidades, y proteja los territorios en que estas habitan.

El IGAC asegura que no tiene competencia para delimitar territorios ancestrales.

Un tercer punto es que aplicar el decreto como lo pintan los más críticos podría desencadenar una avalancha de acciones judiciales de uno y otro lado. Los posibles reclamantes por lo que consideran derechos adquiridos en proyectos ya iniciados o en curso, enfrentados con quienes creen que ciertas iniciativas debieron haber pasado primero por consulta previa antes de comenzar su ejecución.

s decir, más allá de cobijar 348 lugares determinados, el decreto establece un perímetro sagrado en el que entran ciudades, resguardos, fincas, parques nacionales, pueblos, ríos y hasta parte del mar. Todo ello disperso en tres departamentos.

“Nos acusan de frenar el desarrollo, pero realmente es un tema político, porque ni el Gobierno ha desarrollado un protocolo de consulta ni el IGAC ha querido adoptar la cartografía”, aseguró Jaime Enrique Arias, gobernador de la comunidad kankuama. Precisa además que no se puede entender la línea negra solo como espacios aislados, sino como un territorio integral. “Los lugares contenidos en el decreto son hitos de referencia”, dijo.

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Detrás de esta situación hay pecados compartidos. Después de cuatro años de estudio sesudo, el Gobierno emitió un decreto con órdenes que dan pie para entender que la parálisis podría ser total. Pero aun así se escuda en que lo hizo con base en órdenes que la misma Corte Constitucional había dado. Ahora este mismo tribunal deberá crear un remedio milagroso que mantenga la conquista histórica que alcanzaron las comunidades indígenas con el decreto, pero sin sacrificar el crecimiento de la región.