Home

Nación

Artículo

El fiscal, Nestor Humberto Martínez expone los cambios frente a la extradición. Foto: Archivo Semana | Foto: Carlos Julio Martínez

JUSTICIA

¿Un 'articulejo' podría frenar la extradición de capos?

A pocos días de que el Senado debata sobre las objeciones presidenciales, el fiscal Néstor Humberto Martínez puso sobre la mesa un tema candente. SEMANA revela de dónde salió la iniciativa cuestionada y su verdadero alcance.

15 de abril de 2019

No es un secreto que la extradición fue uno de los puntos más álgidos de las negociaciones de paz entre el Gobierno y las Farc y la manzana de la discordia en el posconflicto. El caso de Jesús Santrich abrió la principal herida e hizo que el tema se convirtiera en una reflexión de primer orden en el país pero también en la relación cada vez más estrecha entre Estados Unidos y Colombia.

De las seis objeciones que el presidente Iván Duque presentó al Congreso, dos tienen que ver con las nuevas reglas que quedaron establecidas para impedir la extradición de excombatientes y terceros que hagan parte del sistema de verdad, justicia y reparación. El presidente Iván Duque le pidió al Congreso que se reabra la discusión porque considera inconveniente que la ley estatutaria de la Jurisdicción de Paz esté en "contravía" de los compromisos de cooperación que tiene Colombia con los países extranjeros. 

El presidente puso la lupa sobre un punto que hasta ahora había pasado de agache. El artículo 153 de la ley objetada establece que "No se concederá la extradición de otras personas que estén ofreciendo verdad ante el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No repetición, antes de que terminen de ofrecer verdad".

Para el primer mandatario, esta norma está condicionando la extradición de "otras personas" al ofrecimiento de verdad sin establecer ningún tipo de término ni oportunidad para hacerlo. "Esto produce un incentivo perverso para el ingreso a la JEP de terceros bajo el ropaje de supuestos ofrecimientos de verdad. Esa ambigüedad puede ser usada para eludir responsabilidades ante la justicia de otros Estados", indicó.

En contexto: Santrich, la cara de las objeciones al trámite de extradición

Pero el asunto pasó a castaño oscuro por cuenta de un reciente pronunciamiento del fiscal general. Ante el Congreso, Néstor Humberto Martínez calificó de "articulejo" esta norma que -según él- fue metida para favorecer a narcotráficantes y para acabar con la extradición por "la puerta de atrás". "Yo no sé de dónde salió pero eso sí estoy buscando el origen porque tenemos que saber de dónde salió. Tenemos que denunciarlo y asumo cuota de responsabilidad porque se nos pasó", afirmó.

"Yo no sé de dónde salió pero eso sí estoy buscando el origen porque tenemos que saber de dónde salió. Tenemos que denunciarlo y asumo cuota de responsabilidad porque se nos pasó", fiscal. 

En una acalorada intervención, que continuó ante los micrófonos de los medios de comunicación a la salida del capitolio, Martínez afirmó: "Si un tercero, un buen vecino de la ciudad de Bogotá, que conoció la intimidad del conflicto armado y va a contribuir a que se conozca la verdad, (...) a ese señor no le vamos a dar extradición. Como así que a ese buen vecino bogotano le damos la garantía de la no extradición". 

Llama la atención que el artículo 153 tuvo la bendición del Congreso y pasó su examen de constitucionalidad sin reparos. Ahora, se busca reabrir su discusión en un escenario en el que el clima político no sopla en favor del presidente Duque. Y por cuenta del pronunciamiento del fiscal el tema promete ocupar la atención del Senado apenas regrese de Semana Santa. El interrogante que surge en consecuencia es ¿su denuncia tiene asidero?

El enigma del autor

El fiscal general se comprometió en el Congreso a buscar al autor del artículo 153 en la ley estatutaria de la JEP y denunciarlo. SEMANA consultó la gaceta que registró el comienzo del trámite de la ley el 1 de agosto de 2017. Por haber sido un conjunto de normas que se aprobaron bajo la sombrilla del fast track, la iniciativa tenía que ser por regla de origen gubernamental. De modo que los primeros 154 artículos en borrador que llegaron al Congreso traían la firma estampada del ministro del Interior, Guillermo Rivera Flórez; el ministro de Justicia, Enrique Gil Botero, y el ministro de Defensa, Luis Carlos Villegas Echeverri.

En el artículo 148 del proyecto de ley se lee: "No se concederá la extradición de otras personas que estén ofreciendo verdad ante el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición antes de que terminen de ofrecer verdad". Es decir, el texto es calcado del que hoy cuenta con la bendición de la Corte Constitucional. 

No hay que ir muy lejos para concluir que el autor del artículo es el Gobierno.

Ahora bien, en el examen de constitucionalidad que hizo la corte, los magistrados dejaron claro que este artículo tiene su verdadero origen en los acuerdos de paz con las Farc, en el párrafo final del numeral 72 del punto 5.1.2. Como los magistrados encontraron que esta norma guardaba conexidad con lo pactado en La Habana le dieron su bendición. "Corresponde a normas de derechos fundamentales definidos en la Constitución Política, en particular, el derecho de las víctimas y de la sociedad a la verdad", subraya la sentencia.

¿Beneficio a capos?

Superado el debate del autor, queda por resolver el interrogante de si este artículo permite que capos terminen beneficiados con la no extradición.

Cuando los magistrados estudiaron la constitucionalidad de esta norma, establecieron que la expresión "otras personas" se refiere a terceros, particulares o agentes del Estado y miembros de la fuerza pública que están sometidos a la Jurisdicción de Paz y están ofreciendo verdad. 

"Debe señalarse que los derechos de la sociedad y de las víctimas en el escenario de la transición hacia la paz (...) incluye medidas orientadas a garantizar los objetivos del Sistema Integral de Verdad Justicia, Reparación y Garantías de no Repetición, al eliminar barreras que pudieran derivarse de la extradición de quienes estén ofreciendo verdad", precisó el alto tribunal.

Así las cosas se puede establecer que los cobijados por este beneficio son personas que en calidad de terceros hayan accedido al tratamiento especial que concede la jurisdicción de paz a cambio de verdad plena. Si bien es cierto que el sometimiento de estas personas es voluntario, la JEP reserva el derecho de admisión a varios criterios como la relación de los hechos con el conflicto armado, el valor del aporte a la verdad de las víctimas y el compromiso con la reparación.

A un año de haber entrado en funcionamiento la JEP, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas ha recibido más de 500 solicitudes de terceros voluntarios que se quieren acoger al sistema. De estos, 35 ha firmado actas, entre ellos, varios parapolíticos. Y solo dos han conseguido ser admitidos. Se trata de Magally Janet Moreno, exdirectora del CTI en Norte de Santander, y Rubén Darío Ruiz Berrio, expersonero municipal de Castillo, Meta.

Le recomendamos: Parapolíticos en la JEP, sí pero no así

Solo en estos dos casos la JEP concedió libertad condicional anticipada (uno de los beneficios más apetecidos por los comparecientes) y ninguno despierta el interés de Estados Unidos ni de ninguna otra autoridad extranjera. Como lo advierte un informe publicado por este portal, la puerta para acceder a los beneficios resultó ser más pequeña de lo que muchos creían y de esta condición dan fe personas como Alberto Santofimio, David Char, Álvaro Ashton, el exgeneral Miguel Maza Márquez. A todos ellos, la JEP los mantiene al margen entre tanto no demuestren su verdadero compromiso con la verdad y la reparación de las víctimas. 

En síntesis, quienes llegan no lo hacen a cualquier costo. Y si son admitidos, el sistema podrá verificar su pleno compromiso con la verdad antes de activarles la garantía de no extradición.

Hasta aquí, lo que se refiere a los civiles. Pero cabe aclarar que en calidad de excombatientes varios capos han intentado colarse sin éxito. La Sección de Revisión ha negado 40 solicitudes de narcos que piden que se les aplique la garantía de no extradición por haber pertenecido a las Farc por lo que los respectivos trámites continuaron sin más tropiezos en la justicia ordinaria. 

La representante a la Cámara Juanita Goebertus hizo énfasis en que el artículo 153 "no se refiere a cualquier ciudadano de Bogotá". Y precisó que la Corte Suprema de Justicia aplica actualmente una jurisprudencia bajo la cual ha negado la extradición de exjefes paramilitares al ponderar el derecho de las víctimas a la verdad en Colombia. "Esa fue la jurisprudencia de la Corte Suprema que ha sido reafirmada por la Corte Constitucional en la sentencia de la ley estatutaria de la JEP, luego de que con la extradición de los paras se extraditara la verdad", afirmó.

Este último punto es clave. Aunque el fiscal añadió fuego a la discusión con los supuestos narcos civiles que se verían beneficiados, la pelea dura tiene nombre y es Jesús Santrich. Su caso sí quedó cobijado en normas que obligan a que la Corte Suprema de Justicia pondere el derecho a las víctimas a conocer la verdad antes de dar cumplimiento a los acuerdos de cooperación con otros países. Y frente a este punto, el gobierno de Estados Unidos se hizo escuchar hace unas semanas a través de un comunicado firmado por el portavoz del Departamento de Estado, Robert Palladino. Declaró que tiene confianza en que los reincidentes en conductas delictivas “respondan en toda la extensión de la ley y estén sujetos a la extradición”.

"Estados Unidos también aprecia las acciones que aseguran que aquellos que cometan delitos graves después de la firma del acuerdo de paz, en violación de los objetivos declarados del acuerdo para promover la no repetición, respondan en toda la extensión de la ley y estén sujetos a extradición, según proceda y esté previsto en el acuerdo de 2016", dijo

Independientemente de lo que diga el Senado, esta línea jurídica está muy avanzada en la Corte Suprema y viene desde antes de que se firmaran los acuerdos de paz en La Habana. Será muy díficil entonces darle un giro radical a ese barco. 

En contexto: EE.UU. pone la lupa sobre extradición en acuerdos de paz con las Farc