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Wilson Borja, exlíder sindical. | Foto: Archivo SEMANA

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Wilson Borja perdió tutela contra fallo que absolvió a la nación por atentado contra su vida

El líder sindical fue atacado el 15 de diciembre del 2000 junto a su esquema de seguridad.

28 de abril de 2022

El exrepresentante a la Cámara, Wilson Borja perdió la tutela con la que buscaba revivir la demanda contra la nación por los daños que sufrió en medio del atentado en su contra registrado el 15 de diciembre del 2000 en Bogotá. El otrora líder sindical pedía que se tumbara el fallo que no aceptó sus pretensiones.

Los hechos citados se remontan al atentado que sufrió Borja y su esquema de seguridad que le proporcionaron la Policía Nacional y el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS). Pese a que las autoridades le adjudicaron el intento de homicidio a un grupo paramilitar, Borja sostenía que miembros del Ejército Nacional y el DAS habrían tenido participación en la ejecución del acto.

Teniendo en cuenta los fallos condenatorios que se habían emitido radicó una demanda de reparación directa contra varias entidades estatales, entre ellas el DAS, el Ejército y la Policía. Sin embargo, la justicia administrativa consideró que no se probó acción u omisión de las partes demandadas ni su relación en el daño ocasionado por el atentado.

Debido a esta negativa, Borja y sus escoltas presentaron la tutela que buscaba dejar sin efectos el fallo absolutorio a favor de la nación, señalando que no se tuvieron en cuenta diferentes elementos probatorios que, a su juicio, demostraban que el ataque obedecía a una operación conjunta entre integrantes del Ejército Nacional y los grupos paramilitares.

Para el excongresista del Polo Democrático existían evidencias que uniformados involucrados en los hechos lo hicieron en ejercicio del servicio activo y que así se habría concluido, si se hubiere aplicado la jurisprudencia del Consejo de Estado. Para demostrar lo dicho, aportó documentación, entre la que se encontraba un informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que emitió medidas cautelares para que el Estado colombiano protegiera al dirigente político.

Sin embargo, el máximo tribunal de lo contencioso administrativo negó la demanda de tutela al concluir que el juez de reparación directa sí examinó las pruebas que la parte actora juzga como ignoradas y que de ellas concluyó que no hubo acción ni omisión de las entidades que estuviera relacionada con la producción del daño.

En el debate jurídico indicó que a Borja se le bridaron mecanismos de seguridad y protección a su vida e integridad personal, aun cuando se demostró que dentro de los copartícipes del ataque estaban un mayor y un informante del Ejército, no se probó que lo hicieran como producto del ejercicio del servicio activo.

Igualmente se advierte que no se desconoció el precedente judicial del Consejo de Estado en torno al ejercicio del servicio activo de parte de agentes de la fuerza pública, pues las providencias traídas a colación en la demanda se referían a la participación de estos en bandas delincuenciales, características que no se ajustan a este caso, en el que la protección que recibió la víctima principal por parte de los organismos de seguridad dejó en evidencia que no se omitió ninguna obligación en la condición de garante que le asiste al Estado.

Por el intento de homicidio en 2012 fue condenado a 25 años de prisión el mayor del Ejército César Alonso Maldonado Vidales, conocido con el alias de Zeus. En el juicio se reveló que el oficial era el jefe de seguridad del narcotraficante del Cartel del Norte del Valle, Diego León Montoya Sánchez, alias Don Diego.