Muchas personas se daban cuenta de que estaban reportadas cuando iban a solicitar un crédito. Ahora deben ser notificadas con anterioridad.

LÍNEA CIUDADANA.

Vida nueva para morosos que se pongan al día en sus pagos

La Corte Constitucional dio su visto bueno a la ley de Habeas Data, que busca evitar el reporte injusto de usuarios a las centrales de riesgo.

17 de octubre de 2008

La Corte Constitucional encontró que la ley de Habeas Data que regula la información que se reporta sobre el comportamiento crediticio de los usuarios del sistema financiero y de bienes y servicios ante las centrales de riesgo como Datacrédito y Cifín, cumple todos los requisitos para ser aprobada por el presidente.

La decisión de la Corte significa que quienes estén al día con sus pagos, deben ser eliminados de estas listas inmediatamente después de la entrada en vigencia de la ley, que ya pasó a sanción presidencial. También deben ser borrados inmediatamente de la central de riesgo quienes en los próximos seis meses se pongan al día con sus pagos.
 
Según explicó el senador Luis Fernando Velasco, coautor de la norma, los usuarios que estén al día con sus deudas pueden pedir su retiro mediante un derecho de petición dirigido a las centrales de riesgo para que se efectúe el retiro, pero deben hacerlo después de que el presidente Álvaro Uribe firme la ley. (Encuentre aquí asesoría sobre cómo pedir el retiro de una central de riesgo).

La norma busca remediar el injusto reporte como morosos a miles de personas que figuran como deudoras estando al día con sus aportes. Según cálculos del senador Óscar Darío Pérez, uno de los coautores del proyecto de ley, en este momento hay reportadas tres millones de personas, pero sólo están morosas el 30 por ciento.

 “La permanencia de la información financiera sobre incumplimiento de obligaciones será de cuatro años, pero en caso de que la mora sea inferior a dos años, el término de permanencia de dicha información no podrá exceder el doble de la mora”, según explicó el magistrado Humberto Sierra. O sea que si una persona fue reportada y pagó a los dos meses, su pago debe ser consignado de inmediato en su historial crediticio, y la información que diga que estuvo en deuda debe permanecer  por máximo cuatro meses después de que hizo el pago. De ahí en adelante, debe desaparecer la información de la deuda.

Quienes incumplan los plazos, pueden ser sancionadas hasta con 800 millones de pesos por cada caso.

Hasta hoy, era la misma Corte la que con sus fallos a cientos de tutelas lograba corregir injusticias de personas que permanecían reportadas sin merecerlo. Pero la Ley de Habeas Data les entrega a las superintendencias de Comercio y Financiera la responsabilidad de vigilar que los datos reportados sobre sus usuarios por diversos sectores, entre ellos bancos, servicios públicos y operadores de celular,  sean verdaderos y actuales. Si un ciudadano nota que la información que reportaron es incorrecta o desactualizada, puede denunciar a la empresa que lo reportó ante estas superintendencias.

Las centrales de riesgo argumentan que ellas incorporan o extraen a los usuarios de sus bases de dato sólo cuando dichas empresas les reportan la información. Pero de ahora en adelante, si se encuentra que el manejo de la información es inadecuado, habrá sanciones no sólo a las empresas que reportan la información, sino a los bancos de datos también. Ya no habrá excusa para decir que fue que no me dijeron.

Las superintendencias podrían suspender el funcionamiento de los bancos de datos hasta por seis meses si está administrando información falsa sobre las personas.

También, muchas veces ocurría que el usuario venía a darse cuenta de que aparecía reportado mucho tiempo después de que su nombre fuera consignado en las centrales de riesgo. Ahora la ley exige que sea notificado con anterioridad por parte de las empresas que lo vayan a reportar.