
Opinión
Constituyente a las malas
Esto es así, precisamente porque la mencionada iniciativa se convierte en la “excusa” perfecta del Gobierno para arrasar con todo nuestro sistema.
Los colombianos se preguntarán por qué la iniciativa de una asamblea nacional constituyente ha resultado ser el debate jurídico con mayor importancia en la actualidad de nuestro país, que inclusive ha captado la atención de expresidentes, gobiernos extranjeros y organismos internacionales. Esto es así, precisamente, porque la mencionada iniciativa se convierte en la “excusa” perfecta del Gobierno para arrasar con todo nuestro sistema que, aun con sus oportunidades de mejora, se ha venido construyendo sólidamente en los últimos 33 años de vigencia de nuestra actual Constitución de 1991.
A este paso, la constituyente es para el Gobierno el instrumento jurídico que le dé forma y vida a la reelección presidencial del actual mandatario, trayendo consigo el advertido desastre, ahora, a una escala irremediable y sin ningún tipo de contención por parte de las autoridades judiciales y legislativas de nuestra República. Dicho de otra manera, Colombia se enfrenta al reto histórico de encarar las primeras fases de cambio de un régimen dictatorial que llegó con la intención de quedarse a destruir lo que toca y con la máxima de imponer a la fuerza, de ser necesario, el fallido modelo de socialismo del siglo XXI que, valga la referencia, ya cuenta con fracasados ensayos en Latinoamérica.
De allí que sea pertinente aclarar los puntos sobre los que se construye el debate actual. Por un lado, la posibilidad de convocar una asamblea nacional constituyente bajo los lineamientos constitucionales, tal como lo dispone el artículo 376 superior y el desarrollo del literal e) del artículo 20 de la Ley 1757 de 2015 y, por el otro lado, el “atajo” al que aspira el mandatario a utilizar con el fin de suplantar la voluntad constituyente y sustituir el eje axial de la Constitución sobre el equilibrio de los poderes, utilizando el fallido Acuerdo de Paz como una carta blanca para convocar una constituyente a su medida y control.
El primero de los caminos supone que el convocar una asamblea nacional constituyente surge de la necesidad de suscribir un nuevo acuerdo nacional, dado que el actual no se encuentre acorde a la realidad de nuestro país. Por supuesto, no es el caso; lo que sí queda claro es que se pretende utilizar este mecanismo para imponer reformas de un gobierno desacertado, inoperante e inepto. Sobre el trámite conviene destacar, en principio, que la iniciativa es exclusiva del Congreso de la República, no existe opción jurídica por más creatividad hermenéutica que apliquen los “asesores” del presidente que una autoridad distinta convoque al pueblo sobre el particular el artículo 228 de la Ley 5 de 1992 es explícito.
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Dicha iniciativa se concreta en una ley de la República aprobada por la mayoría de los miembros de una y otra Cámara, allí se consulta al pueblo la convocatoria a una asamblea constituyente para reformar la Constitución. Además de la convocatoria, la ley deberá definir el número de delegatarios, el sistema para elegirlos, la competencia de la asamblea, la fecha de su iniciación y su período. Aprobada la ley, pasa a sanción presidencial y este remitirá la ley para revisión de constitucionalidad a la Corte Constitucional.
Si la Corte Constitucional aprueba en sede de constitucionalidad la convocatoria a la asamblea constituyente, esta deberá realizarse entre los dos a seis meses siguientes. En el tarjetón deben existir opciones de voto ‘sí’ y ‘no’ a la convocatoria; la pregunta deberá ser lo suficientemente clara -la Corte verifica que ello sea así-, deberá contener además el listado de los temas que se tratarán en la asamblea. Esta convocatoria será aprobada cuando al menos una tercera parte de los integrantes del censo electoral voten afirmativamente; a la fecha se necesitarían al menos 12.988.505 votos por el ‘sí'.
Aprobada la convocatoria a la asamblea nacional constituyente y los temas, dentro de los dos a seis meses siguientes se llamará a la elección de sus integrantes; en ese momento, se suspende la facultad ordinaria del Congreso para reformar la Constitución durante el término señalado. Así la asamblea deliberará y aprobará, durante el período por el cual fue convocada, los temas de su competencia; es probable que la asamblea decida convocar a la ciudadanía para que apruebe el nuevo texto o reformas constitucionales a través de un referendo.
Con el procedimiento expuesto, es obvio que el presidente no quiere esta vía, basta ver el opinómetro de Datexco del 4 de junio de 2024, en el que figura la desaprobación sobre su gobierno del 65 % de los encuestados y en que –además– el 66 % está en desacuerdo con la idea de una constituyente. Con este escenario, el presidente, valiéndose de argucias y leguleyadas de algunos indignos “asesores jurídicos”, viene tejiendo la díscola idea que el Acuerdo de Paz habilita la convocatoria a una constituyente, en específico en este aparte: “(…) una vez realizado el procedimiento de refrendación, convocarán a todos los partidos, movimientos políticos y sociales, y a todas las fuerzas vivas del país a concertar un gran acuerdo político nacional encaminado a definir las reformas y ajustes institucionales necesarios para atender los retos que la paz demande”.
Sobre esta incoherente iniciativa, es hincapié indicar que el fallido acuerdo no fue refrendado popularmente, por el contrario, una vez el plebiscito fracasa en las urnas, el presidente de entonces acude al Congreso a refrendarlo “indirectamente”. Asimismo, es claro que, una vez se reinterpretó la voluntad popular con un diseño de paz mal estructurado, entre otras, basado en la impunidad y la revictimización, se realizaron por la vía del fast track las enmiendas constitucionales, reformas y ajustes institucionales que se consideraron viables para implementar el multicitado acuerdo. Por lo que, a la fecha, no hay asignatura pendiente más allá de la deuda de las Farc –hoy Comunes– con sus víctimas, a quienes no han querido reparar económicamente.
Aunado a lo anterior, a la fecha contamos con una mal estructurada política de paz total que tiene al Ejército, Policía y demás fuerzas militares a la merced del ELN y el EMC de las Farc-EP y a las decisiones de un casi octogenario comisionado de paz que privilegia la voluntad de los delincuentes a la del Estado social y democrático de derecho.
Es así, presidente, que no busque culpar a un inexistente incumplimiento de un fallido Acuerdo de Paz y con ello tener la excusa para convocar su idea de constituyente, mucho menos acuse al Estado colombiano que usted representa hoy, ante la Asamblea General de la ONU, de responsabilidades internacionales que no le atañen. Le recuerdo que los ojos de la comunidad internacional están sobre Colombia, el secretario de Estado de Estados Unidos, Antony Blinken, destacó acerca de la posibilidad de su reelección que “presumiblemente eso sería algo a lo que nos opondríamos”.
Por todo lo anterior, el llamado es a la sensatez. Resulta inminente el ocaso de este fatídico gobierno, por lo que se recomienda concentrarse en lo que se puede hacer en beneficio del pueblo en los dos años restantes de período presidencial. Llegado el momento, el mismo pueblo debatirá en el certamen democrático la propuesta de continuidad de la hasta ahora incumplida promesa de cambio u optará por unos verdaderos y estructurados ideales políticos que haga de Colombia la gran nación libre y desarrollada que soñamos.