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Isabel Cristina Jaramillo

OPINIÓN

Quince años y seguimos sin aborto legal y seguro

Es urgente el compromiso de las autoridades públicas con el marco legal existente para seguir avanzando en los derechos.

7 de mayo de 2021

El 5 mayo de 2006, la Corte Constitucional decidió que el artículo 122 del Código Penal, que establece el aborto consentido como delito, es constitucional solamente si se interpreta como no aplicable en los casos en los que está en peligro la salud de la mujer, el embarazo no fue consentido o el feto es inviable. Suena complicado. Esta fue la solución de punto medio que se impuso frente a la constatación de que la dignidad de las mujeres colombianas se anulaba cuando se les obligaba a tener hijos a costa de su salud, en contra de su voluntad y sin posibilidades de supervivencia. La sentencia fue cuidadosa en señalar las maneras en las que habría que garantizarse el servicio; intentó anticipar las barreras que propondrían los médicos y otros profesionales de la salud y diseñó reglas claras para impedir que estas barreras se materializaran. Después de esta sentencia, la Corte se ha pronunciado en unas dieciocho sentencias más para proteger los derechos de demandantes individuales (vea www.derechoalaborto.com). En cada caso ha desarrollado reglas jurisprudenciales que afianzan la decisión de 2006 y que se orientan a generar un marco legal dentro del cual las mujeres puedan garantizar, al menos, su dignidad. Los esfuerzos desplegados en estos quince años no han sido en vano. Por lo que sabemos, unas diez mil mujeres tienen acceso a abortos seguros cada año a través de IPS que verifican que se cumplan las causales desarrolladas por la sentencia. Sin embargo, los datos con los que cuenta la Fiscalía General de la Nación, así como el trabajo mismo de acompañamiento de las organizaciones, muestran que la realidad para muchas mujeres sigue siendo el aborto inseguro.

Los datos de los que dispone la Fiscalía General de la Nación para estos 15 años, que obtuvimos a través de un derecho de petición que la entidad generosamente contestó dentro del tiempo debido, muestran que ingresan unos 400 casos en promedio cada año al sistema. De esos 400 casos, unos 10 presentan capturas y unos 40 desenlazan en imputaciones que los jueces confirman en fallos condenatorios. La mayoría de los casos ingresan al sistema porque alguien vinculado al sistema de salud -puede ser el portero, la aseadora o la médica directora del servicio de ginecología- hace un llamado a la policía pidiendo que comparezcan ante la evidencia de que se ha cometido un delito. Otra parte importante de los casos corresponden a fetos abandonados en sitios públicos -desde cementerios hasta baños en colegios. Estos datos nuevos, una investigación liderada por la Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, muestran que, a pesar de la despenalización del aborto, la persecución penal continua. Muestran también que tanto el sistema de salud como la ciudadanía comprenden poco lo que está en juego con este uso del aparato penal.

Los datos de la Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres relacionados con el acompañamiento de casos, sobre los que hacemos un análisis profundo en nuestro reciente libro la doctora Ana Cristina González y yo misma (La batalla por el derecho al aborto, Siglo del Hombre y Universidad de los Andes), muestran un persistente desconocimiento del marco legal vigente por parte de las mujeres, así como por parte de los profesionales de la salud. Estos últimos, además, insisten en prácticas que han sido sancionadas como inconstitucionales en múltiples ocasiones: omitir un diagnóstico, pedir la opinión de una junta médica, alegar una objeción de conciencia sin cumplir las obligaciones de referencia y contrarreferencia, entre otras.

Los datos recientes de Profamilia en su publicación de diciembre 2020, Aborto Seguro: necesidades y oportunidades, muestran que en Tunja, Bucaramanga y Popayán las mujeres conocen poco el marco legal vigente en la materia y tienen fuertes prejuicios contra las personas que solicitan un aborto. Una cita del estudio es diciente: “Digamos que el trato hostil es de todas partes, porque también hay amigas tuyas que te van a juzgar (…) Entonces, son muchas trabas y la salida más fácil es lo más rápido” (una participante en un grupo focal en Popayán). Tampoco saben dónde están ubicadas las IPS que ofrecen servicios de aborto en sus respectivas ciudades, a pesar de que, según el Dane, se trata de ciudades con índices de barreras en salud relativamente bajos. “El 67 por ciento de las personas mencionó que no acompañarían a una persona que desee abortar”, dice el informe. “Es desafortunado que, digamos, siendo legal desde 2006, uno tenga que recurrir a la clandestinidad para poder acceder al derecho, o sea, es como triste…” (participante de grupo focal Tunja).

Vale la pena recordar que en estos quince años no solo el sistema de salud les ha fallado a las mujeres. Tanto el déficit de información y conocimiento, como el de claridad regulatoria, fueron abordados en sentencias de la Corte Constitucional. En relación con la información, la Corte sancionó al procurador general de la nación por confundir a la opinión pública en materia de derechos sexuales y reproductivos en la sentencia T-627 de 2012 y ordenó rectificar. La sentencia T-388 de 2009 ya había ordenado incluir contenidos alusivos al aborto en las cátedras dedicadas a la educación sexual en colegios. El Ministerio de Educación no ha reportado ninguna estrategia de educación sexual en general, ni sobre el derecho al aborto en particular. La Corte recientemente le exigió al Ministerio de Salud desarrollar un decreto que incorporara las reglas jurisprudenciales y aclarara para los prestadores sus obligaciones y derechos. La orden de la sentencia SU-096 de 2018 sigue sin cumplirse, a pesar de que el borrador del decreto fue ampliamente circulado y construido democráticamente. Es urgente el compromiso de las autoridades públicas con el marco legal existente para seguir avanzando en los derechos.

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