
Opinión
Reclamamos seguridad, así sea con bombardeos dentro del marco legal
Este Gobierno nos está llevando a la crisis más grande en materia de seguridad.
Los atentados perpetrados en Cali y Amalfi, los secuestros de militares por parte de la población civil sin ley ni Dios, muestran claramente que este Gobierno olvidó el deber constitucional de proteger la vida, la honra y los bienes de los ciudadanos, y de brindar una política pública de seguridad. Esto obliga al próximo mandatario de los colombianos, desde el día cero de su gestión, a aplicar mecanismos de ataque contra las células criminales de toda estirpe y a cumplir lo que no ha cumplido este Gobierno en defensa de las personas de bien, quienes verdaderamente deben ser objeto de protección del Estado.
Este Gobierno nos está llevando a la crisis más grande en materia de seguridad y, como consecuencia, a la crisis económica, a la crisis de valores, a la incertidumbre, al terror de tener una extrema izquierda durante otro periodo en el poder con una política de anarquía que protege a quien delinque y ataca a quien desea una patria mejor.
Uno de los mecanismos de combate y defensa que en forma inmediata deberá implementar el nuevo gobierno son los bombardeos a los grupos ilegales. No es cierto que no se puedan ejecutar en esa lucha constante por la seguridad; ni es una bandera de la derecha ni de ninguna otra ideología, sino una herramienta para darle vuelta al caos.
Otra cosa es, en relación con los bombardeos a los grupos guerrilleros, criminales y narcotraficantes, deberán tenerse en cuenta dos criterios que ha perfilado el Consejo de Estado en su extensa jurisprudencia sobre la responsabilidad del Estado y las víctimas: i) el “desbordamiento en el cumplimiento de las funciones de la fuerza pública” y “la violación del derecho internacional humanitario por parte de la misma”.
No está vedado que la fuerza pública actúe con bombardeos ante la inseguridad que producen estos grupos ilegales, siempre que dichas acciones no deriven en muertes o lesiones de civiles ajenos al conflicto o el crimen. Debe aplicarse el actuar dentro de ciertos límites que garanticen la seguridad de la comunidad en general, con mesura y prudencia, es decir, sin excederse en el empleo de los medios legítimamente otorgados para la preservación y mantenimiento del orden público.
En cuanto a la violación del derecho internacional humanitario, también el Consejo de Estado ha dicho que la fuerza pública debe conocer y aplicar el principio de distinción entre combatientes y no combatientes, establecido en el “Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacional (Protocolo II)”, incorporado a la normatividad interna mediante la Ley 171 de 1994 y sobre el cual la Corte Constitucional en la Sentencia C-225/95 se pronunció afirmando el principio de distinción.
El DIH habla de “las partes”, no solamente refiriéndose a la fuerza pública estatal, sino también a los grupos armados ilegales, quienes deben respetar las reglas. Sin embargo, vimos cómo en la ciudad de Cali murieron miembros civiles sin que de parte del Gobierno haya pronunciamiento alguno que reproche la violación de estos parámetros internacionales de protección.
Los eximentes de responsabilidad que deberá tener en cuenta el nuevo gobierno son: a) que la población civil no sea usada como escudo por parte de las guerrillas y que la fuerza pública no se percate de esta situación; b) que el actuar de la fuerza pública no obedezca a una ofensiva de sorpresa sino a actos de defensa frente a un ataque imprevisto.
Cuando el combate es frontal hacia la erradicación de cultivos ilícitos, el narcotráfico y otros crímenes como el secuestro, el desplazamiento obligado de las comunidades por factores políticos o económicos, la minería ilegal, etc., en estos casos la fuerza pública debe cumplir con rigor de la Constitución y la Ley en dos caminos: la captura o entrega voluntaria de los delincuentes o, si es necesario, la muerte, cuando estos no se dejen aprehender o cuando causen graves daños a la vida y la integridad de sus miembros.
De modo que, las herramientas jurídicas y operativas están puestas a disposición del nuevo mandatario en un país que, si no lo salvamos todos, se hundirá.