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Comisión del Plan del Concejo de Bogotá
Comisión del Plan del Concejo de Bogotá | Foto: Concejo de Bogotá

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Concejo da el primer visto bueno para que haya descuento en intereses y sanciones a morosos en Bogotá

Se trata de descuentos en intereses a quienes tengan deuda con el Distrito por impuestos o multas de Tránsito.

Redacción Semana
24 de mayo de 2024

En primer debate al Plan de Desarrollo del alcalde Carlos Fernando Galán, la Comisión del Plan del Concejo de Bogotá aprobó la propuesta del concejal Emel Rojas, del partido Nueva Fuerza Democrática, de otorgar descuentos de hasta el 80 % en los intereses y sanciones a todos los ciudadanos que tengan deudas tributarias y no tributarias con la ciudad.

“Este es un gran alivio para el bolsillo de muchos bogotanos, que por las consecuencias económicas que trajo consigo la época del covid, se vieron en la obligación de no pagar los impuestos para poder garantizar la comida en sus hogares. Ahora tienen la oportunidad de ponerse al día con la ciudad y obtener los beneficios”, señaló el concejal Rojas.

Concejal Emel Rojas
Concejal Emel Rojas | Foto: Concejo de Bogotá

Según la respuesta de la Secretaría de Hacienda a un derecho de petición, con corte a 31 de diciembre de 2023, por concepto de deudas por Impuesto Predial, los ciudadanos le deben a la ciudad 7,8 billones de pesos y por impuesto de vehículos 1,2 billones.

El Plan de Desarrollo establece que los contribuyentes, responsables, agentes retenedores, garantes y deudores solidarios de los tributos distritales, que a la fecha de publicación del presente acuerdo tengan obligaciones tributarias en mora y respecto de las cuales no se haya proferido liquidación oficial o que, habiéndose proferido no se encuentren en firme, podrán descontar el 80 % de los intereses y sanciones causados, siempre que, a más tardar el 30 de noviembre de 2024, paguen el 100 % del capital adeudado y el 20 % de los intereses y sanciones causados a la fecha de pago.

Así mismo, el Plan de Desarrollo determina que tratándose de sanciones por no envío de información, el responsable podrá descontar el 80 % del valor adeudado siempre que, a más tardar el 30 de noviembre de 2024, pague el 20 % de la sanción liquidada a esa fecha.

Alcalde Galán y su gabinete distrital en el Concejo de Bogotá
Alcalde Galán y su gabinete distrital en el Concejo de Bogotá. | Foto: Tomado del x @CarlosFGalan

Ahora, tratándose de sanciones propuestas o determinadas por la Administración Tributaria Distrital que no se encuentren en firme, deberá acreditarse el pago del 20 % señalado en el respectivo acto administrativo.

Frente a las obligaciones no tributarias como multas de Tránsito y demás, el Plan de Desarrollo del alcalde Galán establece que los deudores del Distrito Capital por conceptos de obligaciones no tributarias a favor de las entidades del sector central, los establecimientos públicos y las alcaldías locales que hayan entrado en mora durante el período comprendido entre el 12 de marzo de 2020, fecha en que se declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional por causa del covid-19 y el 30 de junio de 2022, fecha en la que finalizó la emergencia sanitaria, podrán descontar el 80 % de los intereses causados, siempre que a más tardar el 30 de noviembre de 2024 paguen el 100 % del capital adeudado y el 20 % de los intereses causados a la fecha de pago.

En todo caso, el Plan de Desarrollo deja claro que no serán beneficiadas aquellas personas naturales que hayan sido sancionadas por conducir bajo el influjo del alcohol o bajo los efectos de sustancias psicoactivas.