VIVIENDA

Arriendos no podrán aumentar durante el coronavirus

Mientras dure la emergencia generada por el Covid-19 y hasta dos meses después, no se podrán aumentar los cánones en el país. Además, no se podrán cobrar intereses por mora, en caso de que los arrendatarios incumplan los contatos.

31 de marzo de 2020

El ministro de Vivienda, Jonathan Malagón, anunció un nuevo plan de alivios para las familias que viven en arriendo en Colombia, que se calcula son unas cinco millones.

Según el funcionario, "se prohíben los desalojos durante la Emergencia y dos meses adicionales. Además, congelamos el precio de los arrendamientos, de manera que se suspende el reajuste anual de los cánones, así como la causación de los intereses moratorios o las penalidades por incumplimiento, así los contratos lo estipulen, desde el mes de abril hasta dos meses después de finalizada la Emergencia”.

Esto quiere decir que, durante la emergencia por el Covid-19 y dos meses después, no podrán aumentar los cánones de arrendamiento. Y también significa que no se podrán cobrar intereses por mora, en caso de que los arrendatarios incumplan los contatos.

No obstante, esto no implica que no se tengan que pagar estas responsabilidades en el país, ya que en todos los casos el arrendatario deberá honrar sus obligaciones y, si es necesario, llegar a acuerdos de pago con el arrendador.

En este último caso, dichos acuerdos estarán desprovistos de penalidad y no se cobrarán intereses de mora. La medida busca tanto beneficiar a quienes son arrendatarios, como a los arrendadores, muchos de los cuales viven de estas rentas.

Malagón agregó que la norma “también prorroga la vigencia de los contratos, lo que quiere decir que aquellos que finalizaban durante el tiempo de la Emergencia se entienden prorrogados durante la coyuntura, salvo si hay acuerdos entre las partes”.

Ajustes en las copropiedades

Según el Ministerio de Vivienda, otra de las medidas incluyen ajustes relacionados con la propiedad horizontal.

Entre ellos, se da luz verde para que las copropiedades usen el uso del fondo de imprevistos durante la Emergencia, prioritariamente para el mantenimiento de los contratos de trabajo del personal.

Igualmente, señala que las asambleas ordinarias se podrán realizar de forma virtual o se tendrán que aplazar hasta después de la Emergencia, sin que esto implique la imposición de sanciones por inasistencia.

Esta medida se suma a la reconexión de los servicios de agua y energía, la refinanciación de los créditos hipotecarios, el periodo de gracia de hasta de seis meses a los afiliados del Fondo Nacional del Ahorro y, la más reciente, que blinda a los beneficiarios de los subsidios de vivienda para que no pierdan los beneficios por el impago de la deuda durante la Emergencia.