En la noche del martes 21 de septiembre se realizaron los sorteos de las Loterías Cruz Roja y Huila con premios hasta por 6.000 millones de premios en los premios “godos” y decenas de secos y micro secos que van desde los 5 hasta los 200 millones de pesos.
En el caso de la lotería de la Cruz Roja, el sorteo 2911 dejó un premio mayor de 5.000 millones de pesos, con el tiquete vendido en Bogotá y varios secos entre los 10 y los 200 millones de pesos.
Estos son los resultados:
- 9467, serie 210 (premio mayor).
- 8817, serie 021 ($ 200 millones)
- 0804, serie 004 ($ 50 millones)
- 0527, serie 116 ($ 50 millones)
- 0355, serie 191 ($ 50 millones)
- 9685, serie 147 ($ 50 millones)
En cuanto a los secos menores, la lotería publicó los resultados en su página de Instagram:
En cuanto a la lotería del Huila, el premio mayor fue de 1.200 millones de pesos, con tiquete ganador despachado en Bogotá. Además, tuvo secos por 90,75 y 30 millones de pesos.
Estos fueron los resultados:
- 4256, serie 063 (premio mayor).
- 8200, serie 095 ($ 90 millones).
- 6378, serie 138 ($ 75 millones).
- 0160, serie 100 ($ 75 millones).
- 7492, serie 025 ($ 30 millones).
- 1478, serie 137 ($ 30 millones).
- 4285, serie 080 ($ 30 millones).
- 5460, serie 073 ($ 30 millones).
- 7797, serie 134 ($ 30 millones).
En cuanto a los secos menores, la lotería publicó los resultados en su página web:
Para este miércoles 22 de septiembre se juegan las loterías del Valle, Meta y Manizales.
¿Qué hacer si gana la lotería?
Para solicitar la entrega del premio, se debe presentar el certificado de Registro Único Tributario (RUT) expedido por la DIAN y una copia de la cédula de ciudadanía.
Un ganador de la lotería no recibirá la suma de dinero completa debido a que, según está determinado, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) le descontará parte del monto.
Es así como, de acuerdo con lo fijado en el Estatuto Tributario, el ganador tendrá que pagar el impuesto por ganancias ocasionales, que corresponde al 20 % del premio, más el descuento derivado del impuesto financiero conocido como 4 x 1.000 sobre el valor bruto obtenido.
La DIAN llama ganancia ocasional al ingreso o utilidad que tiene una persona o empresa por la venta ocasional o esporádica de un bien que no forma parte del giro ordinario de sus negocios, o por la ocurrencia de un hecho económico excepcional, como ganar la lotería o una rifa.
Para la determinación del Impuesto de la ganancia ocasional se debe tener en cuenta lo establecido en los artículos 299 al 317 del Estatuto Tributario.
Por su parte, los expertos recomiendan que lo primero que debe hacer el ganador es tener discreción, ya que con esto habrá menos problemas para enfrentarse a una situación en la que familiares, amigos y entidades financieras suelen querer influir en el destino del premio.
Asimismo, es importante conseguir asesoría adecuada como un profesional con experiencia en la gestión de inversiones y patrimonios.
También, recomiendan deshacerse de las deudas y más si algunas están en mora. Con respecto a la cancelación de préstamos o hipotecas, dependerá de si conviene según los términos de los contratos de estos.
Otra recomendación de los expertos es invertir, pero conviene repartir el capital en más de un destino para no incrementar innecesariamente el riesgo que supone confiar a terceros el dinero ganado.
Se debe tener en cuenta que la decisión sobre dónde invertir el dinero dependerá del perfil del premiado ante el riesgo, y un experto financiero podría guiarlo para que tome la mejor decisión.
Es clave tener en cuenta las recomendaciones de los expertos a la hora de invertir su dinero gastado para evitar pasar por la pena de perder todo lo que obtuvo en una mala inversión o gastar todo sin pensar en un ahorro a futuro.