Este lunes 20 de septiembre se jugó un nuevo sorteo de las loterías de Cundinamarca y Tolima que dejaron dos millonarios en el país y decenas de afortunados con los secos y micro secos ganadores.

En el caso de la lotería de Cundinamarca el premio mayor fue de 3.000 millones de pesos y el tiquete ganador estaba en Medellín. También entregó un megaseco por 200 millones de pesos, el super Tunjo por 100 millones y secos entre los 10 y los 20 millones de pesos.

Por su parte, la Lotería del Tolima entregó, en su sorteo 3927, un premio mayor de 2.000 millones de pesos con el tiquete ganador vendido en Bogotá y varios secos que van entre los 5 y los 70 millones de pesos.

Estos son los resultados de las loterías y todos sus secos.

Lotería de Cundinamarca

  • 2293, serie 230 (premio mayor)
  • 4556, serie 164 ($ 200 millones).
  • 8922, serie 004 ($ 100 millones).
  • 8590, serie 217 ($ 20 millones).
  • 6234, serie 191 ($ 20 millones).
  • 2414, serie 147 ($ 20 millones).
  • 2050, serie 250 ($ 20 millones).
  • 5040, serie 152 ($ 20 millones).

Y los números ganadores de los secos más pequeños aparecen en al siguiente imagen:

Lotería del Tolima

  • 1113, serie 003 (premio mayor).
  • 1649, serie 003 ($ 70 millones).
  • 3183, serie 003 ($ 70 millones).
  • 3695, serie 003 ($ 70 millones).
  • 9839, serie 051 ($ 40 millones).
  • 0711, serie 069 ($ 24 millones).
  • 3191, serie 078 ($ 24 millones).
  • 4176, serie 081 ($ 20 millones).

Los ganadores de los secos menores aparecen a continuación:

¿Qué hacer si gana la lotería?

Para solicitar la entrega del premio, se debe presentar el certificado de Registro Único Tributario (RUT) expedido por la DIAN y una copia de la cédula de ciudadanía.

Un ganador de la lotería no recibirá la suma de dinero completa debido a que, según está determinado, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) le descontará parte del monto.

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Es así como, de acuerdo con lo fijado en el Estatuto Tributario, el ganador tendrá que pagar el impuesto por ganancias ocasionales, que corresponde al 20 % del premio, más el descuento derivado del impuesto financiero conocido como 4 x 1.000 sobre el valor bruto obtenido.

La DIAN llama ganancia ocasional al ingreso o utilidad que tiene una persona o empresa por la venta ocasional o esporádica de un bien que no forma parte del giro ordinario de sus negocios, o por la ocurrencia de un hecho económico excepcional, como ganar la lotería o una rifa.

Para la determinación del Impuesto de la ganancia ocasional se debe tener en cuenta lo establecido en los artículos 299 al 317 del Estatuto Tributario.

Por su parte, los expertos recomiendan que lo primero que debe hacer el ganador es tener discreción, ya que con esto habrá menos problemas para enfrentarse a una situación en la que familiares, amigos y entidades financieras suelen querer influir en el destino del premio.

Asimismo, es importante conseguir asesoría adecuada como un profesional con experiencia en la gestión de inversiones y patrimonios.

También, recomiendan deshacerse de las deudas y más si algunas están en mora. Con respecto a la cancelación de préstamos o hipotecas, dependerá de si conviene según los términos de los contratos de estos.

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Otra recomendación de los expertos es invertir, pero conviene repartir el capital en más de un destino para no incrementar innecesariamente el riesgo que supone confiar a terceros el dinero ganado.

Se debe tener en cuenta que la decisión sobre dónde invertir el dinero dependerá del perfil del premiado ante el riesgo, y un experto financiero podría guiarlo para que tome la mejor decisión.

Es clave tener en cuenta las recomendaciones de los expertos a la hora de invertir su dinero gastado para evitar pasar por la pena de perder todo lo que obtuvo en una mala inversión o gastar todo sin pensar en un ahorro a futuro.