El proyecto de Ley de Rescate Económico, presentado por el Gobierno nacional, contempla cambios tributarios relacionados con la formalización de activos digitales, la inversión empresarial y la distribución de dividendos a socios extranjeros. Sin embargo, las medidas todavía deben surtir su trámite en el Congreso de la República, donde se definirá su aprobación y contenido definitivo.
Una de las propuestas, incluida en el artículo 71, permitiría declarar durante 2027 las criptomonedas que no hayan sido reportadas previamente ante la Dian, mediante el pago de un impuesto único del 5 % sobre su valor. Los contribuyentes tendrían que informar sobre sus billeteras, direcciones públicas y posiciones en protocolos de finanzas descentralizadas (DeFi).
“Si alguien tiene una criptomoneda que no ha declarado, podría ponerse al día en 2027 pagando un 5 % de su valor, evitando multas y procesos penales. Para ello, deberá informar a la Dian sobre la existencia del activo y dónde se encuentra ubicado, con plazo hasta el 30 de junio de 2027”, explicó Katherin Díaz, cofundadora de V&V Asociados.
La iniciativa también establece que la Dian no podrá exigir claves privadas, frases de recuperación, contraseñas u otros datos que permitan acceder directamente a los activos digitales.
Otro componente es la creación del Régimen Único para Generar Estabilidad Empresarial (RUGE), que ofrecería beneficios tributarios a grandes proyectos de inversión. La propuesta contempla una tarifa del impuesto de renta del 20 % para los proyectos que comiencen en 2027 o 2028 y del 26 % para los que inicien desde 2029. En ambos casos, la tarifa se mantendría durante 16 años, sin sobretasas.
“El Gobierno quiere atraer inversiones desde los 135.000 millones de pesos en adelante. Para eso, ofrecería un tratamiento preferencial: se pagaría menos impuesto de renta, con una tarifa del 20 %, frente al 35 % que actualmente se tiene”, señaló Díaz.
Finalmente, el proyecto propone una tarifa del 8 % sobre los dividendos destinados a socios o accionistas no residentes fiscales en Colombia, mediante retención en la fuente y bajo las condiciones establecidas en la iniciativa.
“Cuando se giren utilidades a los socios en el exterior, únicamente pagarían el 8 %. Lo más importante es que se les garantizaría que esta regla no cambiaría durante los próximos 16 años, a cambio de comprarle por lo menos al 30 % de proveedores nacionales”, agregó Díaz.
La eventual aprobación de estas disposiciones podría modificar las condiciones tributarias para los contribuyentes con activos digitales no declarados, las empresas que proyectan grandes inversiones y los inversionistas extranjeros. Su alcance dependerá de las decisiones que adopte el Congreso durante el trámite legislativo.