Para que fluya el empleo juvenil y las empresas se animen a contratar mano de obra de colombianos que no han tenido un primer empleo o que, aún con experiencia laboral encuentran dificultades para inserse en el mercado laboral, el Gobierno nacional ha emitido diversas normas y cada vez se suman otras medidas que buscan quitar las barreras para la vinculación de los jóvenes.

Este lunes, el Ministerio de Trabajo dio a conocer una circular, a través de la cual, la libreta militar no podrá ser requisito para contratar jóvenes.

Según el documento, “las entidades públicas o privadas no podrán exigir al ciudadano la presentación de la libreta militar para ingresar a un empleo”.

La afectación de los jóvenes colombianos con el desempleo fue una de las causas por las cuales, la gente salió a las calles a protestar, en un paro nacional que se extendió por más de un mes.

Recientemente, el Dane reveló los datos del desempleo en el país, según los cuales, cerca de 1,56 millones de personas jóvenes están sin empleo, con lo cual, la tasa de desocupación en la franja de edad de 14 a 28 años es de 23,1% en el trimestre móvil marzo-mayo. La cifra nacional en mayo, es de 15,6%, de acuerdo con la información de la entidad de las estadísticas.

Cuando la desocupación se desagrega, entre hombres y mujeres, la mayor afectación es para el empleo femenino, cuya tasa llegó al 29,3% en el mismo lapso. Entre tanto, el desempleo en hombres es de 18,7%, que es donde encajaría la circular expedida por Mintrabajo.

De acuerdo con lo incluido en la circular “las personas no aptas, exentas o que hayan superado la edad máxima de incorporación, tendrán un plazo de 18 meses a partir de su vinculación laboral para definir su situación militar”.

Para los interesados en consultar con mayor profundidad la circular, se trata de la número 0039, que tiene fecha del 13 de julio del 2021, mediante la cual reitera, la prohibición legal de exigir tarjeta militar para ingreso a un empleo.

La autoridad oficial en materia de trabajo enfatizó en que “desde el ministerio del trabajo hacemos un llamado a los empleadores del sector privado para que se abstengan de exigir este documento como requisito para la vinculación laboral en especial a los jóvenes entre 18 y 28 años que acceden a su primer empleo”.

Hay que recordar que el artículo 42 de la ley 1861 de 2017, la situación militar se deberá acreditar para ejercer cargos públicos, trabajar en el sector privado y celebrar contratos de prestación de servicios como persona natural, con cualquier entidad de derecho público.

Según indicó el Ministerio, “los ciudadanos pueden tramitar una certificación provisional en línea que acredite que el trámite de su situación militar está en proceso. No obstante, la presentación de la tarjeta militar no se le podrá exigir a un ciudadano para a un empleo”.

Ángel Custodio Cabrera, ministro de Trabajo, expresó que “el Gobierno Nacional se encuentra comprometido, con la implementación de estrategias para la reactivación económica, promoción del empleo y empleabilidad de los jóvenes, por esta razón es pertinente insistir en que los empleadores no pueden exigir la tarjeta militar como requisito para acceder a una plaza laboral”.