La complejidad alrededor del caso de los traslados de recursos de personas que se pasaron de los fondos privados hacia Colpensiones, se agudiza.
Cada una de las partes tiene su propia argumentación y en la mitad está la decisión del Consejo de Estado, que se orientó hacia la suspensión provisional de todo el decreto que, según algunas opiniones, no debió salir en los términos en los que lo elaboró el Gobierno.
Luego del rifirrafe que se ha consolidado alrededor del tema, que, además, tomó visos políticos, en medio de la polarización que se vive en el país, Asofondos, uno de los directos implicados en la medida, salió a emitir su pronunciamiento.
En el documento reiteran que “la administración de los ahorros pensionales de los trabajadores colombianos opera en estricto cumplimiento de la ley y, en particular, tras la decisión del Consejo de Estado de suspender provisionalmente la totalidad de los efectos del Decreto 415 de 2026″.
Según la organización gremial que lidera Andrés Velasco, "la decisión del alto tribunal reafirma que cualquier actuación relacionada con la administración de los recursos pensionales debe respetar los límites definidos por el Congreso de la República y preservar la seguridad jurídica sobre el destino de los recursos propiedad de los trabajadores y que respaldan y respaldarán su futuro pensional".
Puntos de vista encontrados
Mientras que desde el Gobierno alegan que el Consejo de Estado habría incurrido en prevaricato, es decir, el delito en el que un juez dicta un fallo en contra de una norma vigente, en Asofondos respaldan la decisión del Alto Tribunal. “El Consejo de Estado concluyó preliminarmente que el Gobierno Nacional no se limitó a reglamentar la Ley 2381 de 2024, sino que modificó aspectos esenciales definidos por el legislador. En particular, el alto tribunal señaló que el Decreto 415 modificó el momento legal del traslado de los recursos pensionales, pues la ley establecía expresamente que estos debían permanecer administrados por las AFP hasta la consolidación del derecho pensional”.