Un decreto emitido este martes, 17 de marzo, desde el Ministerio de Minas, dio un nuevo paso en la eliminación del subsidio al precio del diésel, combustible que, junto con la gasolina, generaron un alto déficit en el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles-Fepc.
Con la norma, el Gobierno estableció que “los combustibles líquidos derivados del petróleo utilizados como materia prima para producir otros combustibles, incluidos los destinados a quemadores industriales, no podrán beneficiarse del mecanismo de estabilización del Fepc". En otras palabras, le quitan el subsidio al diésel para uso industrial.
Según el Ministerio de Minas, la medida tiene como fin hacer una mejor focalización de los recursos públicos, buscando la manera de que los subsidios se encaminen a los consumidores finales y no a procesos industriales intermedios, argumentó la cartera que dirige Edwin Palma.
El uso industrial del diésel está dirigido, principalmente, a cementeras, hornos, buques, naves, generadores de energía y otros.
De acuerdo con las argumentaciones que tiene el decreto de MinMinas, “se comprobó un aumento significativo en la demanda de diésel para combustibles de quemadores industriales”.
Así lo evidencian las cifras expuestas en el documento, según las cuales, el consumo promedio mensual del diésel distribuido para quemadores industriales pasó de 806.000 galones/mes en 2023 a 8.290.000 galones/mes en 2024 y a 7.870.000 galones/mes en 2025 (con corte a abril).
El Ministerio de Minas también argumentó la medida con el costo fiscal que implica mantener el subsidio al precio del diésel. Así, manifiestan que “el ingreso al productor fósil de los combustibles de la Gasolina Motor Corriente y el ACPIVI-Diésel son estabilizados por el Fepc y presentan un considerable costo fiscal”.
El impacto estimado ha sido de $131 mil millones de pesos, contando lo sucedido entre enero y abril de 2025, lo que evidencia la magnitud de dicho costo.
El decreto emitido tiene solo dos artículos, el primero de los cuales entra en el detalle de los alcances de la medida. A través de varios parágrafos se desarrolla el contenido principal del decreto, que es el de la “Prohibición de estabilización por medio del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC) de los combustibles líquidos derivados del petróleo que se utilicen como materia prima para la producción de otros combustibles, incluidos aquellos destinados al uso en quemadores industriales”.
Así, “se exceptúan de la prohibición aquellos destinados al uso como materia prima para la producción de gasolina oxigenada con etanol anhidro y diésel y sus mezclas con biocombustibles o con combustibles renovables reglamentados en la Resolución 40444 de 2023 o aquella que la modifique, complemente o sustituya”.
Gremios y afectados por la medida están analizando los efectos del decreto que entra a regir a partir de la fecha.