Miles de trabajadores recibirán en los próximos días la prima de Navidad, la cual les dará la oportunidad de obtener un ingreso extra para disfrutar de las festividades de una mejor manera.

Las empresas o empleadores del país deben realizar los cálculos sobre los valores que deben recibir las personas que han realizado sus labores profesionales en los últimos meses.

La prima de servicios es una de las prestaciones sociales que beneficia a trabajadores en junio y diciembre. Foto: Getty Images/iStockphoto

Los empleados del país deben tener en cuenta que la prima de servicios corresponde a un salario total de un trabajador al año. Es por ello que, a mitad de año, se paga la mitad y, en diciembre, se cancela la otra mitad. En caso de que el trabajador no haya laborado el semestre completo, la empresa deberá calcular el monto proporcionalmente según el tiempo laborado.

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Para calcular la prima, es necesario multiplicar el salario por los días trabajados y luego dividir el resultado entre 360. En el caso de un salario mínimo mensual legal vigente de $1.423.500, las empresas deberán abonar a los trabajadores un total de $711.750 por esta prestación social.

Si, por el contrario, el trabajador laboró menos días, tendrá que multiplicar el salario base que gana por el número de días trabajados y dividir el resultado entre 360.

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¿Cuál es el plazo máximo para pagar la prima de servicios?

Las empresas del país tienen hasta el 20 de diciembre para consignar el pago de la prima de diciembre. En ningún caso los empleadores podrán modificar esta fecha de manera libre.

Si los trabajadores no reciben el pago, podrán interponer diversos procesos mediante los mecanismos que ofrece el Ministerio de Trabajo. En todo caso, los expertos recomiendan entablar diálogos con los encargados de las empresas para poder solventar el asunto de manera amigable.

El plazo máximo para el pago es el 20 de diciembre. Foto: Diseño Jesús Chacín/El País

“Si no logró llegar a un acuerdo con su empleador, usted puede acudir al inspector del trabajo, con el fin de recibir asesoría, presentar una queja por el incumplimiento de las obligaciones o, en ciertos casos, intentar una conciliación solo sobre los derechos que el trabajador puede negociar, como el caso de las indemnizaciones o la forma y plazos para el pago de lo que le deben”, explicó el Ministerio.

Hay que señalar que las sanciones que se catalogan en el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo equivalen hasta a 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes para las empresas o empleadores que incumplan con el pago.