Los arriendos en el país se realizan por medio de un acuerdo comercial entre dos partes, en el cual se especifican las condiciones mediante las cuales se llevará a cabo el contrato.
Una de las principales complicaciones a la hora de arrendar un predio se presenta cuando las personas señalan que tendrán mascotas o animales de compañía en el inmueble.
En años anteriores, los dueños de los predios podían decidir aumentar el valor de los cánones de arrendamiento o pedir depósitos adicionales para permitir que las personas habitaran la propiedad con sus mascotas.
Sin embargo, a través de las leyes de propiedad horizontal se ha regulado este aspecto, señalando que la tenencia de mascotas o animales de compañía no puede ser un elemento mediante el cual se discrimine a las personas.
“La tenencia de animales domésticos constituye un ejercicio de los derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad y a la intimidad, con las limitaciones que imponen los derechos de los demás. Dentro del régimen de propiedad horizontal, el mantenimiento de animales en el lugar de habitación se sujeta a condiciones mínimas de convivencia señaladas en el reglamento de copropiedad o por la asamblea de propietarios”, señala la sentencia T-035/97.
De manera adicional, se destaca que se podrá intervenir en caso de que se presenten conflictos en los cuales estén involucrados los animales. Cabe señalar que los dueños deben cumplir con todas las garantías para la sana convivencia y contar con los elementos de seguridad correspondientes para cada una de las especies.
“Los conflictos que se originen con ocasión de la tenencia de animales y que den lugar a perturbaciones se resolverán por las autoridades de policía, y a través de la tutela cuando las decisiones de aquellas constituyan vías de hecho o se demuestre la existencia de un agravio constitucional irreparable, así como ante la vulneración o amenaza de un derecho fundamental”, complementa la sentencia.
Las personas deben informar a las administraciones de los conjuntos que cuentan con animales de compañía, para que de esta manera puedan conocer las normativas que aplican en la unidad o los espacios que han sido acondicionados para dicho fin.
Por otra parte, los vecinos y el personal de las unidades residenciales deben respetar la integridad de los animales y no causarles daño alguno; de lo contrario, podrán ser sancionados conforme a las normas del país.