Comprar vivienda propia sin tener que reunir millones de pesos para pagar la cuota inicial es la posibilidad que plantea el proyecto de ley ‘Vivienda sin Cuota Inicial’, radicado el pasado 21 de octubre en la Cámara de Representantes.
La iniciativa, identificada como el Proyecto de Ley 455 de 2026, pretende ampliar el acceso a vivienda de interés prioritario (VIP) para familias de menores ingresos que, aunque pueden asumir pagos mensuales, enfrentan dificultades para ahorrar el dinero necesario para iniciar la compra de un inmueble.
La propuesta contempla subsidios para cubrir la cuota inicial, financiación de largo plazo y ayudas para reducir los intereses del crédito hipotecario. Además, busca ofrecer alternativas de evaluación financiera para trabajadores independientes e informales que no siempre cuentan con contratos laborales o certificaciones tradicionales de ingresos.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al beneficio?
De acuerdo con las condiciones planteadas en el proyecto, el programa estaría dirigido principalmente a hogares con ingresos mensuales de hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV). Sin embargo, cumplir con este límite de ingresos no sería suficiente para obtener el beneficio.
Estos son los principales requisitos previstos en la iniciativa:
- No tener vivienda propia en Colombia: el hogar solicitante no debe ser propietario de una vivienda en el territorio nacional.
- No haber recibido determinados beneficios habitacionales: los interesados no deben haber recibido y aplicado previamente un subsidio familiar de vivienda para adquisición ni haber sido beneficiarios de una cobertura a la tasa de interés para comprar vivienda, salvo las excepciones contempladas en la normativa vigente.
- Demostrar capacidad de pago: cuando la compra requiera financiación, el solicitante deberá acreditar que puede asumir las obligaciones económicas del crédito.
- Cumplir con los procedimientos establecidos: los beneficiarios tendrán que presentar la documentación y cumplir las condiciones operativas que defina el Gobierno nacional si la iniciativa se convierte en ley.
El proyecto también plantea mecanismos para facilitar la evaluación de personas que trabajan por cuenta propia o en la informalidad. En estos casos, podrían considerarse registros de movimientos bancarios y otros soportes de ingresos y pagos, según las reglas que se establezcan.
¿Qué personas tendrían prioridad?
Aunque la propuesta está enfocada en hogares de bajos ingresos, contempla criterios de priorización para favorecer a poblaciones que enfrentan mayores barreras para acceder a una vivienda.
Entre ellas se encuentran las mujeres cabeza de hogar, los trabajadores independientes e informales, las familias rurales, las víctimas del conflicto armado, las personas con discapacidad y los hogares afectados por desastres naturales.
La iniciativa prevé que el Gobierno nacional reglamente un sistema de puntaje para determinar qué hogares tendrían prioridad, por lo que pertenecer a alguno de estos grupos no garantizaría automáticamente la asignación del subsidio.
Uno de los componentes centrales de la propuesta es la posibilidad de otorgar un subsidio de hasta 30 salarios mínimos legales mensuales vigentes para cubrir la totalidad o parte de la cuota inicial y determinados gastos asociados con la adquisición del inmueble.
El proyecto también contempla alternativas de financiación con plazos de hasta 30 años y una cobertura estatal de hasta cinco puntos porcentuales de la tasa de interés durante un máximo de siete años.
Para los hogares que cumplan las condiciones previstas, la iniciativa plantea una cobertura adicional de un punto porcentual cuando haya una mujer cabeza de familia, lo que elevaría el apoyo potencial sobre la tasa hasta seis puntos porcentuales.