El Consejo Nacional Electoral (CNE) es la máxima autoridad en Colombia encargada de vigilar que las campañas respeten las reglas del juego. Su función principal es dictar las normas sobre cuánta publicidad pueden usar los candidatos y asegurar que solo se difunda durante los tiempos legales. Además, tiene el poder de investigar y sancionar a quienes superen los límites permitidos o realicen propaganda extemporánea.
No toda la publicidad política es propaganda electoral. La divulgación (hablar de ideas o partidos) se puede hacer en cualquier momento. La propaganda, en cambio, solo se permite dentro de unos tiempos definidos. Por fuera de esas fechas, cualquier mensaje que busque incidir en el voto puede convertirse en una irregularidad.
No es solo el mensaje sino la fecha de difusión
El exmagistrado del Consejo Nacional Electoral, Pedro Felipe Gutiérrez, lo resume de forma tajante: “La ley es clara frente a los tiempos para hacer campaña. Para la primera vuelta presidencial, en el caso del espacio público, el uso de vallas y carteles solo estará permitido entre el 31 de marzo y el 30 de mayo de 2026”. A su vez, la propaganda en medios de comunicación como radio y prensa tiene un margen un poco más amplio: inicia el 31 de enero y finaliza el 29 de mayo. Todo lo que ocurra antes de esas fechas, cruza la línea de lo legal.
Además, para Gutiérrez hay otro aspecto importante, no solo es hacer propaganda dentro de un tiempo determinado, sino también ver cuál es el verdadero objetivo de la publicidad: “Ahí entran las campañas de expectativa. Se repiten patrones: vallas con el rostro de un aspirante ubicadas en puntos clave, acompañadas de frases ambiguas como: ‘Lo que viene es mejor’; publicaciones en redes que repiten durante semanas el mismo color y eslogan; o mensajes de fin de año con fotografía profesional que circulan masivamente por WhatsApp. No dicen “vote por”, pero construyen recordación”.
Nada de eso es ilegal por sí solo. El problema aparece cuando se demuestra que hacía parte de una estrategia para influir en el electorado antes de tiempo. “Todo eso es interpretativo”, advierte Gutiérrez.
En el espacio público, las campañas tienen límites estrictos. Las vallas no pueden superar los 48 metros cuadrados y su número está restringido. En Bogotá, una campaña presidencial puede tener hasta 16, mientras que en municipios pequeños el tope puede ser de 8. Además, no está permitido instalar en postes, puentes ni en la infraestructura pública.
En medios tradicionales las cifras también están definidas. En radio, una campaña presidencial puede emitir hasta 50 cuñas diarias en grandes ciudades (de máximo 30 segundos). En televisión, el límite es de 10 comerciales diarios por canal. En prensa, hasta 8 avisos diarios en medios nacionales (cada uno de una página).
Redes sociales
Las redes sociales siguen siendo el punto más complejo. Hoy cuentan como medio de comunicación, lo que significa que una publicación (aunque sea gratuita) puede ser considerada propaganda electoral. No hay límite en cantidad, pero sí en tiempos y contenido.
También aquí hay patrones claros: precandidatos que publican a diario videos con su nombre y un mismo eslogan; piezas gráficas que repiten colores y símbolos; transmisiones en vivo constantes; o cadenas de WhatsApp con imagen, lema y fotografía profesional. Si el alcance es amplio, pueden entrar en la categoría de propaganda.
Para el exmagistrado, el elemento clave es el alcance. Por eso no es lo mismo una publicación abierta que un mensaje en un grupo cerrado. “Eso es como empapelar mi casa e invitar amigos; eso sería publicidad política, pero no masiva ni indeterminada”, afirma.
También hay prohibiciones tajantes. El día de elecciones no se puede hacer propaganda de ningún tipo (ni volantes, ni camisetas, ni anuncios, ni pauta en medios).
A pesar de ese marco, no existe una cifra pública consolidada de candidatos sancionados por propaganda irregular en 2026. Lo que sí hay son señales dispersas: operativos que han detectado piezas ilegales en ciudades como Medellín, advertencias de multas de hasta 40 salarios mínimos en Cali y un régimen sancionatorio que puede superar los 100 millones de pesos, pero sin un balance claro de responsables.
“El Consejo Electoral no tiene herramientas para controlar la divulgación política”, advierte Gutiérrez. Y eso se nota, sobre todo, antes de la campaña, cuando varios ya lograron posicionarse.