El brigadier general Andrés Serna Bustamante, director de talento de humano de la Policía Nacional, anunció que desde este mes de enero los más de 23.000 auxiliares de la institución recibirán un aumento del 45.9% en su bonificación mensual.

“Hoy es grato informar que con el respaldo del Gobierno nacional y en el marco de la estrategia ‘Con dignidad cumplimos’ se ha autorizado el presupuesto para fortalecer su bienestar y reconocer de manera concreta su labor. A partir de este mes, su bonificación mensual tendrá un incremento del 45,9 % como un acto de dignificación y justicia para quienes sirven al país”, expresó.

En diciembre pasado, el presidente Gustavo Petro anunció que los auxiliares de Policía recibirían una bonificación similar a un salario mínimo mensual, el cual fue incrementado en un 23, 7 % quedando en $ 1.746.882.

“Duplicamos el pago de la bonificación mensual a los auxiliares y a partir del 1 de enero se les reconocerá ese salario mínimo legal mensual”, afirmó el mandatario durante una ceremonia de ascenso de oficiales de la Policía.

Los auxiliares de Policía son jóvenes entre los 18 y 24 años que prestan su servicio militar en la insitución.

En ese sentido, el servicio dura entre 12 y 18 meses y quienes deseen incorporarse para prestarlo deben acudir a la jurisdicción en la que tenga establecido su lugar de residencia.

En las funciones de los auxiliares se encuentra el permanecer en custodia y vigilancia de los bienes y las instalaciones, así como las dependencias municipales que hay en el país.

De igual manera, está el señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, junto a algunas otras disposiciones.

Entre los requisitos para quienes deseen ser auxiliares se encuentran:

  • Ser colombiano.
  • Mayor de edad y hasta faltando un día para cumplir los 24 años de edad, al momento de ingresar al servicio militar o los que determine la Ley.
  • Soltero y sin hijos.
  • No haber sido condenado a penas privativas de la libertad.
  • No estar incurso en indagaciones, investigaciones y/o contar con antecedentes penales, disciplinarios o fiscales vigentes.
  • No tener multa pendiente derivada de la imposición de una medida correctiva en el ámbito de los comportamientos contrarios a la convivencia, de conformidad con lo estipulado en la Ley 1801 de 2016 o la norma que la modifique, adicione o sustituya.
  • Para aspirantes bachilleres, acreditar el respectivo título de bachiller académico.